La Defensoría del Pueblo comprobó que varios electores concurrieron a realizar el trámite con documento inadecuado. Los horarios, lugares y requisitos para justificar la no emisión del sufragio el domingo pasado.
En los primeros días del operativo para la justificación de la no emisión del sufragio en las pasadas elecciones nacionales del 14 de agosto, personal de la Defensoría del Pueblo notó que varias personas asistieron a realizar el trámite presentando un documento inadecuado.
Se trata de una constancia que debe ser utilizada para las elecciones primarias provinciales, en las cuales, según la ley y su decreto reglamentario, las personas pueden autoexcluirse del acto eleccionario dejando sentada su intención hasta 48 horas antes de los mismos, en las comisarías.
Desde la Defensoría del Pueblo informaron que el mencionado documento “no tiene ninguna validez para las elecciones del 14 de agosto, por lo que no se puede justificar con él la no asistencia al acto eleccionario”.
Además, exhortan a la población santafesina a estar atenta para no ser víctima de gestiones inadecuadas.
Horarios y lugares
A pedido del Tribunal Electoral Nacional, el trámite de justificación de la no emisión del sufragio en las elecciones nacionales del 14 de agosto se realiza, desde el pasado lunes 15 y durante 60 días, en la sedes de Rosario, Villa Constitución, San Lorenzo y Cañada de Gómez de la Defensoría del Pueblo de Santa Fe.
Dicho trámite está destinado a aquellos ciudadanos que no hayan podido emitir su voto en las elecciones primarias nacionales por los motivos estipulados en la legislación nacional y que pueden justificar fehacientemente el incumplimiento del deber cívico.
La Defensoría aclaró, además, que en esa oficina “no se realizará la justificación del no voto en las elecciones provinciales del 22 de mayo ni del 24 de julio, trámite que debe hacerse en la sede de Gobierno de la provincia en Rosario.
En cambio, sí podrá realizarse la justificación del no voto nacional en esa dependencia, Pasaje Juan Álvarez 1516, frente a la plaza Pringles de Rosario, de lunes a viernes, de 9 a 17.
En San Lorenzo, el trámite se realizará en el Parador Turístico, Av. Del Combate 420, de 8.30 a 13; en Cañada de Gómez, podrá efectuarse en la Municipalidad, Sarmiento 153, de 7 a 12 horas; y en Villa Constitución, en Sarmiento 808, de 9 a 12.
Documentación necesaria
Los ciudadanos que no hayan sufragado deberán concurrir a las oficinas de la Defensoría del Pueblo con su documento de identidad (DNI, LC o LE), y la documentación (comprobante policial o médico) que certifique los motivos por los cuales no votó.
Si la no emisión del voto hubiera sido motivada por no figurar el elector en el padrón electoral, el interesado deberá dirigirse a la Secretaría Electoral Nacional para la justificación y corrección de los datos, ubicada en la ciudad de en Urquiza 3046, Santa Fe, con una fotocopia de su documento de identidad (hojas 1, 2, 6 y las que incluyan cambios de domicilio). Allí deberá consignar también todo dato y observación tendiente a revertir la situación.
El trámite que realizará la Defensoría del Pueblo consiste en el sellado del documento, de manera tal que los ciudadanos no reciban las penalizaciones impuestas por la ley para aquellas personas que no sufragaron.
Se les justificará la no emisión del voto a quienes el día de la elección se encontraban a más de 500 kilómetros del lugar donde debían sufragar, de acuerdo al último domicilio. Esos electores deberán acreditar dicha situación con certificado policial.
Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, tendrán que acreditarlo con certificado médico –en el caso de los primeros– y con certificación policial, los segundos.
También se les justificará la no emisión del voto a quienes presenten ejemplar del Documento Nacional de Identidad emitido con posterioridad al 26/04/11, y los que aduzcan, mediante constancia policial, razones económicas.
Se trata de una constancia que debe ser utilizada para las elecciones primarias provinciales, en las cuales, según la ley y su decreto reglamentario, las personas pueden autoexcluirse del acto eleccionario dejando sentada su intención hasta 48 horas antes de los mismos, en las comisarías.
Desde la Defensoría del Pueblo informaron que el mencionado documento “no tiene ninguna validez para las elecciones del 14 de agosto, por lo que no se puede justificar con él la no asistencia al acto eleccionario”.
Además, exhortan a la población santafesina a estar atenta para no ser víctima de gestiones inadecuadas.
Horarios y lugares
A pedido del Tribunal Electoral Nacional, el trámite de justificación de la no emisión del sufragio en las elecciones nacionales del 14 de agosto se realiza, desde el pasado lunes 15 y durante 60 días, en la sedes de Rosario, Villa Constitución, San Lorenzo y Cañada de Gómez de la Defensoría del Pueblo de Santa Fe.
Dicho trámite está destinado a aquellos ciudadanos que no hayan podido emitir su voto en las elecciones primarias nacionales por los motivos estipulados en la legislación nacional y que pueden justificar fehacientemente el incumplimiento del deber cívico.
La Defensoría aclaró, además, que en esa oficina “no se realizará la justificación del no voto en las elecciones provinciales del 22 de mayo ni del 24 de julio, trámite que debe hacerse en la sede de Gobierno de la provincia en Rosario.
En cambio, sí podrá realizarse la justificación del no voto nacional en esa dependencia, Pasaje Juan Álvarez 1516, frente a la plaza Pringles de Rosario, de lunes a viernes, de 9 a 17.
En San Lorenzo, el trámite se realizará en el Parador Turístico, Av. Del Combate 420, de 8.30 a 13; en Cañada de Gómez, podrá efectuarse en la Municipalidad, Sarmiento 153, de 7 a 12 horas; y en Villa Constitución, en Sarmiento 808, de 9 a 12.
Documentación necesaria
Los ciudadanos que no hayan sufragado deberán concurrir a las oficinas de la Defensoría del Pueblo con su documento de identidad (DNI, LC o LE), y la documentación (comprobante policial o médico) que certifique los motivos por los cuales no votó.
Si la no emisión del voto hubiera sido motivada por no figurar el elector en el padrón electoral, el interesado deberá dirigirse a la Secretaría Electoral Nacional para la justificación y corrección de los datos, ubicada en la ciudad de en Urquiza 3046, Santa Fe, con una fotocopia de su documento de identidad (hojas 1, 2, 6 y las que incluyan cambios de domicilio). Allí deberá consignar también todo dato y observación tendiente a revertir la situación.
El trámite que realizará la Defensoría del Pueblo consiste en el sellado del documento, de manera tal que los ciudadanos no reciban las penalizaciones impuestas por la ley para aquellas personas que no sufragaron.
Se les justificará la no emisión del voto a quienes el día de la elección se encontraban a más de 500 kilómetros del lugar donde debían sufragar, de acuerdo al último domicilio. Esos electores deberán acreditar dicha situación con certificado policial.
Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, tendrán que acreditarlo con certificado médico –en el caso de los primeros– y con certificación policial, los segundos.
También se les justificará la no emisión del voto a quienes presenten ejemplar del Documento Nacional de Identidad emitido con posterioridad al 26/04/11, y los que aduzcan, mediante constancia policial, razones económicas.
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