sábado, 20 de agosto de 2011

PROVINCIA DE SANTA FE...Casi el 20 por ciento de los docentes debe pagar el impuesto a las ganancias

En julio los educadores cobraron parte del incremento pautado en febrero y eso implicó un aumento en la cantidad de trabajadores alcanzados por ese gravamen. Hay reclamos judiciales.

Casi el 20 por ciento de los docentes debe pagar el impuesto a las ganancias

En julio los docentes santafesinos percibieron la segunda cuota del acuerdo salarial que se firmó en febrero de este año. Sin embargo, un porcentaje de los educadores no pudo ver ese incremento en sus cuentas porque debió pagar el impuesto a las ganancias. Pese a la suba del mínimo no imponible y a la discusión que dieron los gremios sobre si corresponde o no que se impute sobre los sueldos, casi el 20 por ciento de los educadores paga el cuestionado tributo.

En diciembre del año pasado, un 17 por ciento de los docentes santafesinos pagaba impuesto a las ganancias, ahora –considerando los últimos incrementos salariales– el porcentaje incrementó un poco y se posicionó cerca del 20 por ciento, indicaron desde Amsafé.

Por su parte, autoridades de Sadop indicaron que aún no hubo avances sobre la presentación judicial que hicieron, en abril, solicitando que se exima a la docencia del pago de ese gravamen.

En esa oportunidad, Pedro Bayúgar –secretario general del gremio de los docentes privados– había dicho a Diario UNO: “Indudablemente el incremento del mínimo no imponible no alcanza. Son muchos los docentes que quedan comprendidos dentro del impuesto a las ganancias. Veníamos estudiando el tema desde antes y luego del reclamo de los docentes tomamos la decisión de iniciar acciones judiciales”.

Debate sobre el salario

El debate planteado por los gremios en todo el país en torno a la legalidad o no de ese gravamen radica en si se puede considerar al salario como una ganancia. Ya que se trata de una contraprestación que realiza el empleador por una tarea realizada.

En marzo de este año, un mes antes de que la Presidenta de la Nación autorizara la suba del mínimo no imponible, la CTA (Central de los Trabajadores Argentinos) presentó un recurso judicial solicitando que se declare inconstitucional el Impuesto a las Ganancias. En esa oportunidad se justificó la medida indicando que “la Constitución no permite bajo ningún punto de vista el impuesto al salario”.

Características del tributo

El impuesto a las ganancias que pagan los trabajadores en relación de dependencia está atado a su condición de soltero o casado, con o sin hijos. Así, deben pagar el impuesto quienes ganen más de 5.782 pesos (solteros) y 7.997 pesos (casados con dos hijos). Sin embargo, la Afip permite realizar deducciones por cargas de familia, aportes a un fondo de retiro o por tener una empleada doméstica en blanco.

Cada trabajador debe realizar su declaración jurada de manera individual, con lo cual al Sute le resulta muy difícil calcular quiénes verdaderamente pagan el impuesto a las ganancias y quiénes quedan “a mano” al deducir ítems al tributo.

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