Desde el día de ayer rige en Santa Fe y Rosario la mediación prejudicial en el fuero de Circuito. Todos los conflictos que corresponden a causas civiles y comerciales deben pasar obligadamente por la instancia de la mediación antes de la judicialización.
Empezó a regir hoy la mediación prejudicial obligatoria en materia civil y comercial en el fuero de Circuito en Santa Fe y Rosario. El sistema, que hasta ahora funcionaba para casos que se inician en juzgados de distrito en ambas ciudades, se extiende en función de la implementación progresiva que establece la ley de mediación, explicaron desde el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la provincia.
Esto quiere decir que los casos de Circuito, de naturaleza civil y de daños y perjuicios pero de menor cuantía económica, desde hoy no irán directamente a los Tribunales sino que deberán pasar obligada y previamente por la instancia de la mediación.
“El sistema ha evolucionado favorablemente porque hemos tenido un nivel de acuerdo que está en el 24% y esto implica un cambio en la sociedad, un cambio de paradigmas, para poder resolver los conflictos” expresó Eleonora Avilés, Directora Provincial de Desjudicialización de la Solución de los Conflictos Interpersonales.
En ese sentido, Avilés, sostuvo que “esto quiere decir que cuando cualquier persona cundo concurre al abogado por una causa, éste tendrá que requerir la mediación, es decir, hace un requerimiento y la agencia sortea un mediador y se fija la primera reunión”, y agregó que “están exceptuadas aquellas causas en las que interviene el orden público”.
Para finalizar, manifestó que los ciudadanos “van a tener esta instancia previa de encontrarse con la otra parte para ver si de manera conjunta pueden encontrarle una solución al conflicto antes de la judicialización”.
El nuevo sistema es parte de la transformación de los sistemas judiciales en la provincia. Tiene dos características que la distinguen del resto de las legislaciones (nacional y provinciales): la organización del sistema en la órbita del Poder Ejecutivo (concretamente en la Dirección Provincial de Desjudicialización de la Solución de Conflictos Interpersonales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos) y la incorporación de nuevas tecnologías de la información y la comunicación a todo el procedimiento. Es decir, que se utiliza el soporte informático para actuaciones significativas -presentación del requerimiento, sorteo del mediador, notificaciones en general, entre otras- lo que le da mayor agilidad, economía y eficiencia al sistema.
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