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domingo, 17 de marzo de 2013

STA FE:Capitán Bermúdez- Negaron la prisión domiciliaria a una joven acusada de matar a su pareja


La chica, oriunda de Capitán Bermúdez, lo había pedido para atender a su hija de 2 años pero la Cámara Penal dijo que tiene “incapacidad conductual como madre”.
La Capital | 

Negaron la prisión domiciliaria a una joven acusada de matar a su pareja
La Justicia denegó el pedido de prisión domiciliaria solicitado para una joven de 21 años procesada por el homicidio de su novio, acuchillado en su casa de Capitán Bermúdez a fines de 2011 tras una discusión generada por la aparente intención del muchacho de abandonar la relación. La defensa de la mujer había pedido que pudiera esperar la sentencia en su hogar para así cuidar de su hijita de 2 años, pero los jueces de la Sala III de la Cámara Penal consideraron que la pequeña está bien cuidada por su padre biológico y que la medida beneficiaría más a la acusada que a la propia niña.
   Mariángeles L. está detenida desde el 30 de noviembre de 2011 como presunta autora del crimen de su novio, Nelson Dorales, asesinado de un puntazo en la base del cuello. Oriundo de la ciudad de Fray Luis Beltrán, el muchacho de 21 años mantenía desde hacía tiempo una relación con la chica de 20.
   Aquella tarde fatal, según declaró luego Mariángeles a la Justicia, la joven pareja había estado tomando bastante alcohol hasta que Nelson le dijo que quería terminar la relación y volver con su ex esposa. La discusión posterior fue subiendo de tono hasta que un cuchillo de cocina terminó con la vida del muchacho. La policía halló su cuerpo ensangrentado casi en la vereda. Junto a él, entre sollozos, estaba sentada la chica.
Confesa. “Yo lo mordí, le pegué, pero no lo faquié”, contó la joven antes de terminar confesando ante la policía lo que había sucedido aquel día. Entonces Mariángeles quedó detenida y meses después el juez de Instrucción de San Lorenzo, Eduardo Filocco, la procesó como presunta autora del homicidio.
   La medida fue apelada por la defensa de la joven, que alegó que no había pruebas suficientes y que no se había realizado la reconstrucción del hecho. Además, los abogados objetaron que no se hubiera contemplado la violencia familiar como elemento desincriminante. Por su parte, para la fiscalía era suficiente que la imputada hubiera admitido su responsabilidad.
   Al analizar la situación, en abril de 2012, los jueces de la Sala III de la Cámara Penal se enfocaron en el relato de la chica. Ella había manifestado su negativa a que Nelson Dorales la dejara, y entonces tomó la cuchilla para amenazarlo. Además desestimaron el cuadro de violencia invocado por la defensa ya que “todo lo agresivo admitido por la imputada fue obra de ella, que lo arañó, lo mordió, le tiró con los platos y luego se armó para culminar en la acción que a la postre resultó mortal”.
Tras las rejas. Con la joven procesada y a la espera de resolución por parte del juez de Sentencia Nº 7, José Luis Mascali, la defensa formuló un pedido de prisión domiciliaria fundado en la necesidad de que la mujer pueda atender y cuidar a su hija de 2 años, que actualmente vive con su padre biológico y la madre de éste.
   El pedido fue rechazado por los fiscales del caso y por el propio juez Mascali en virtud de los informes que los asistentes sociales elaboraron sobre la niña y que indican que se encuentra bien resguardada en todo sentido, que les dice “papá” y “abuela” a quienes la cuidan y que consideran conveniente que esa situación se mantenga.
   La defensa de la chica apeló y el caso volvió a ser analizado por la Sala III de la Cámara Penal. Previamente, la fiscal de Cámaras María Eugenia Iribarren había rechazado el pedido por considerar que la prisión domiciliaria sería una alternativa para la libertad de la imputada antes que un beneficio para la nena. También valoró que la menor está contenida afectiva y económicamente con sus actuales tutores.
   En este marco, el camarista Otto Crippa García votó por confirmar el rechazo al pedido. A su entender, “las razones que se invocan para la prisión domiciliaria en orden a la atención y cuidado de la niña son insustentadas”. Para el juez, además, no hay evidencia de que esa medida pudiera beneficiar a la niña más que a su madre.
   En este sentido, Crippa García coincidió con fiscales y jueces anteriores en valorar que cuando Mariángeles estaba libre “no cuidaba” a su hija “ni era un ejemplo de moral conveniente”, en virtud de su “permanente ingesta alcohólica, con excesos”. Por el contrario, se amparó en los informes sobre la convivencia de la nena con su padre y su abuela y el informe al respecto de una asistente social para quien “es conveniente para la nena afianzar esos vínculos”.
   Finalmente, y en virtud de los recurrentes pedidos de la joven para poder mantener visitas íntimas con distintos “amantes” —en el lapso de seis meses, al menos con cuatro hombres de los cuales tres están presos por distintos delitos— los camaristas indicaron que “se puede decir que la peticionante es inconstante, inmadura y con carencias que reflejan su incapacidad conductual como madre, entre otras”.

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