El conductor de una moto que atropelló y la causó la muerte a una mujer en España al 700, en el centro de Rosario en marzo de 2005, fue responsabilizado sólo en un 30% por la Justicia ya que la víctima cruzaba la calle a mitad de la cuadra, fuera de la senda peatonal, y con el semáforo en verde.
Por atropellar y causar la muerte de una mujer que cruzó la calle fuera de la senda peatonal a un motociclista lo responsabilizaron sólo en un 30 por ciento por el accidente. Además, la mujer pasaba la calle España al 700 cuando el semáforo se encontraba en verde.
En esas circunstancias fue atropellada por la moto y falleció a causa de las graves heridas sufridas. El trágico hecho ocurrió el 26 de marzo de 2005.
En la resolución el Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nº 1 afirma que “la conducta de la víctima fue negligente•.
Agrega que “no guardó la prudencia necesaria al bajar la calzada para intentar el cruce de calle Santa Fe en oportunidad que la luz del semáforo no habilitaba el paso de los peatones”.
Los jueces Mariana Varela, Alejandro Martín y Luis Alberto Ramuno destacan que “el uso de semáforos se encuentra destinado a dirigir también el desplazamiento de personas”.
Señalan que tanto el automovilista como el peatón tienen la obligación ineludible de observar correctamente los reglamentos de tránsito”.
La responsabilidad parcial del motociclista en el fatal accidente fue establecida porque “tiene la obligación de conservar el dominio del vehículo y estar atento a las contingencias del tránsito”.
El conductor de la moto deberá pagarle a la hija de la mujer fallecida cerca de 80.000 pesos entre capital e intereses.
En esas circunstancias fue atropellada por la moto y falleció a causa de las graves heridas sufridas. El trágico hecho ocurrió el 26 de marzo de 2005.
En la resolución el Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nº 1 afirma que “la conducta de la víctima fue negligente•.
Agrega que “no guardó la prudencia necesaria al bajar la calzada para intentar el cruce de calle Santa Fe en oportunidad que la luz del semáforo no habilitaba el paso de los peatones”.
Los jueces Mariana Varela, Alejandro Martín y Luis Alberto Ramuno destacan que “el uso de semáforos se encuentra destinado a dirigir también el desplazamiento de personas”.
Señalan que tanto el automovilista como el peatón tienen la obligación ineludible de observar correctamente los reglamentos de tránsito”.
La responsabilidad parcial del motociclista en el fatal accidente fue establecida porque “tiene la obligación de conservar el dominio del vehículo y estar atento a las contingencias del tránsito”.
El conductor de la moto deberá pagarle a la hija de la mujer fallecida cerca de 80.000 pesos entre capital e intereses.
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