En el día de hoy, el juez federal Reinaldo Rodríguez dejó sin efecto el reconocimiento de la alianza "Unión Pro Federal". Se debe a la salida del Partido Conservador Popular. Ante esta resolución, el PRO dispone de 72 horas para presentar una nueva lista oficializada y toda la documentación.
El Juzgado Federal Nº 1 de la ciudad de Santa Fe falló este viernes dejar sin efecto la alianza Unión PRO-Federal.
En los considerandos, el juez federal Reinaldo Rodríguez señala que el Sr. Francisco Ceconi, apoderado del Partido Conservador Popular -integrante de la alianza- había "exteriorizado la voluntad partidaria de dejar de pertenecer a la alianza".
En cuanto a la denominación "Unión PRO-Federal", el fallo establece que el seguir utilizando ese nombre "constituiría una irregularidad y nulidad absoluta, por cuanto dicha presentación no estaría ajustada a derecho, ya que si la alianza de dos partidos llevan un solo nombre y se revoca la misma, el nombre no podría ser utilizado en forma unilateral por ninguna de las listas, debiendo en consecuencia cada partido concurrir con su propio nombre".
La resolución del juez Rodríguez indica que ante la "indubitable" voluntad del Partido Conservador Popular de dejar sin efecto la alianza, "mantener dicho 'pacto' sería sin lugar a dudas sostener una asociación de carácter 'ficticio', con las consecuencias que ello implica; entre otras, el grave riesgo de confundir al electorado".
Ante esta disolución, el juez federal señala que el PRO y el Partido Conservador Popular tienen 72 horas "desde su notificación" para presentar la lista respectiva oficializada y la documentación que obliga la ley 26.571.
En los considerandos, el juez federal Reinaldo Rodríguez señala que el Sr. Francisco Ceconi, apoderado del Partido Conservador Popular -integrante de la alianza- había "exteriorizado la voluntad partidaria de dejar de pertenecer a la alianza".
En cuanto a la denominación "Unión PRO-Federal", el fallo establece que el seguir utilizando ese nombre "constituiría una irregularidad y nulidad absoluta, por cuanto dicha presentación no estaría ajustada a derecho, ya que si la alianza de dos partidos llevan un solo nombre y se revoca la misma, el nombre no podría ser utilizado en forma unilateral por ninguna de las listas, debiendo en consecuencia cada partido concurrir con su propio nombre".
La resolución del juez Rodríguez indica que ante la "indubitable" voluntad del Partido Conservador Popular de dejar sin efecto la alianza, "mantener dicho 'pacto' sería sin lugar a dudas sostener una asociación de carácter 'ficticio', con las consecuencias que ello implica; entre otras, el grave riesgo de confundir al electorado".
Ante esta disolución, el juez federal señala que el PRO y el Partido Conservador Popular tienen 72 horas "desde su notificación" para presentar la lista respectiva oficializada y la documentación que obliga la ley 26.571.
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