El Tribunal Oral de la Ciudad de Santa Fe anuló un juicio a una mujer salteña y la absolvió de culpa y cargo porque fue detenida en un operativo policial por "su fisonomía y rasgos del norte del país". Y ordenó devolver el dinero que le habían incautado. "La razón fundamental que llevó a detener a Solares fueron sus características fisonómicas, lo que resulta inaceptable en un derecho penal de hechos, toda vez que nos encontramos frente a una actitud que puede ser calificada como discriminatoria", dice la resolución de los jueces Ivón Vella, José María Escobar Cello y Jorge Venegas Echagüe.
El Tribunal Oral de Santa Fe anuló un juicio a una mujer de 45 años, Miriam Solares, oriunda de Salta, y la absolvió de culpa y cargo porque fue detenida en un procedimiento antidrogas ?al que también declaró nulo? "por su fisonomía y rasgos del norte del país". El fallo consideró el operativo policial "discriminador" y violatorio de las garantías constitucionales. "La razón fundamental que llevó a detener a Solares fueron sus características fisonómicas, lo que resulta inaceptable en un derecho penal de hechos, toda vez que nos encontramos frente a una actitud que puede ser calificada como discriminatoria", dice la resolución de los jueces Ivón Vella, José María Escobar Cello y Jorge Venegas Echagüe al que tuvo acceso Rosario/12. Por lo tanto, el Tribunal anuló toda la causa y ordenó devolver a Solares el dinero que también le habían incautado. El hecho ocurrió hace cuatro años, el 9 de mayo de 2007, alrededor del mediodía, cuando un patrullero de la ex Dirección de Drogas Peligrosas de la provincia se detuvo en el semáforo de la esquina de Urquiza e Hipólito Yrigoyen, en el macrocentro. A la par, se ubicó un taxi que llevada a dos pasajeras, una de ellas era Solares. Los policías no habían hecho ninguna investigación previa ni tenían sospechas, pero decidieron actuar y hacer lo que llaman "un operativo de rutina". Les llamó la atención "las características fisonómicas" de Solares y sus "rasgos de la zona norte del país", como lo confesaron después en la causa. Detuvieron entonces al taxi para interrogar a las dos mujeres que "respondieron con evasivas y demostraron tener un alto grado de nerviosismo", según la versión de los sabuesos. Solares y su compañera no tenían documentos, así que las llevaron en el patrullero hasta la brigada de Drogas Peligrosas "por averiguación de identidad y posible pedido de captura". Pero en el trayecto ?según el relato oficial? "una de las mujeres abrió la ventanilla del auto y arrojó algo a la calle". El vehículo detuvo su marcha. Y bajó uno de los policías que encontró "tres envoltorios, uno atado en sus extremos y los dos restantes abiertos, que en su interior contenían cocaína". Solares quedó detenida un tiempo, hasta que recuperó su libertad porque no tiene antecedentes penales. La causa llegó a juicio oral en abril. Pero el propio fiscal general, Martín Suárez Faisal, pidió el sobreseimiento de Solares y la nulidad del procedimiento antidrogas por considerarlo discriminador. "La policía detuvo a la encartada por el solo hecho de poseer rasgos característicos del norte de nuestro país, sin observar los extremos consagrados por la ley, ya que no hubo una orden escrita emanada de juez competente, ni motivos suficientes, como tampoco existieron circunstancias previas o concomitantes que den fundamento a su detención y posterior requisa. La aprehensión de Solares no se realizó porque estaba intentando cometer un delito, se encontraba en flagrancia o existía indicios vehementes de culpabilidad, sino simplemente, por su apariencia", planteó el fiscal. Y agregó: "El estado de sospecha debe ser previo al accionar de la policía, pues detener a un individuo porque a la policía 'no le gusta su cara' es un acto que ofende a la Constitución. Esta violación constitucional no queda salvada porque al requisarlo el policía haya encontrado drogas, es por ello que una aprehensión o requisa no puede ser validada por su resultado". "La situación no puede ser convalidada por el posterior hallazgo de estupefacientes, en virtud de que el mismo se produjo merced a un accionar que puede ser calificado como discriminatorio", dijo Suárez Faisal. "Y los actos discriminatorios violentan el derecho a la igualdad protegido por el artículo 16 de nuestra Constitución Nacional" y "pactos internacionales a los cuales nuestro país dio jerarquía constitucional", agregó. Por lo tanto, el fiscal pidió la nulidad del procedimiento en el que fue detenida Solares y su "absolución culpa y cargo". El Tribunal coincidió con el Ministerio Público al considerar "discriminatorio" el operativo policial. "La presencia de dos mujeres que en sus rostros presentaban rasgos característicos de la zona norte de nuestro país y que transitaban como pasajeras en un vehículo de alquiler por calles de la ciudad de Santa Fe, por si mismo no constituye un comportamiento que refleje una actitud delictiva o sospechosa que pudiera justificar su intercepción para ser identificadas", sostuvo el fallo del Tribunal al tuvo acceso Rosario/12. "La situación tampoco puede ser convalidada a posteriori con el efectivo hallazgo de cierta cantidad de droga. Esto último no justifica un accionar a todas luces discordante con el andamiaje jurídico basado en las garantías constitucionales que debe primar en un estado de derecho". "La razón fundamental que llevó a interceptar a Solares fueron sus características fisonómicas, motivo que resulta inaceptable en un derecho penal de hechos, toda vez que nos encontramos frente a una actitud que puede ser calificada como discriminatoria. En consecuencia, corresponde sobreseer Solares por el delito que se la sometiera a juicio en esta causa" y "proceder a la devolución del dinero incautado", concluye la sentencia.
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