Desde la Secretaría Electoral de la provincia indicaron que hasta el 27 de diciembre de este año puede justificarse la no emisión del voto en las elecciones generales del 27 de octubre.
Además, a partir del lunes 11 del corriente se firmarán convenios con distintos organismos para habilitar la justificación en otros lugares.
Las causas para justificar surgen del artículo 12 del Código Electoral Nacional - Deber de votar: Todo elector tiene el deber de votar en la elección nacional que se realice en su distrito.
Aquellos ciudadanos que no justifiquen su ausencia serán incluidos en el registro de infractores y serán pasibles de multa. Dicha multa puede ser de 50 pesos a 500 pesos para el elector mayor de 18 años y menor de 70 que no haya emitido su voto y no lo justifique.
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