Al aprobar un Proyecto de Comunicación, el Concejo pidió al Municipio que realice las gestiones ante la Provincia para que se incorpore esta información en los comprobantes que emiten los comercios de la ciudad. La propuesta había sido elaborada por la concejala Noelia Chiementín.
Los Concejales acompañaron un Proyecto presentado por la concejala Noelia Chiementín (FPCyS-CCARI). Fue durante la Sesión del pasado martes, al solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal que realice las gestiones ante las autoridades que corresponda de la Provincia a fin de incorporar el número telefónico de la Oficina de Derechos del Consumidor en las facturas o ticket fiscales, según norma AFIP, otorgados por los comercios de la ciudad.
Con esta propuesta, se pretende “dotar a los consumidores de una herramienta eficaz, para que en tiempo y forma puedan ejercer los derechos que les corresponden ante defectos, fallas o disconformidad en la atención o fabricación de los productos y/o servicios adquiridos”. Cabe aclarar que en el Proyecto se expresa que esta tarea puede estar a cargo y bajo responsabilidad de la Dirección de Derechos Ciudadanos que funciona en la ciudad.
En referencia al tema, Noelia Chiementín explicó que “si una persona comprueba que no ha sido bien atendida, que sus requerimientos no han sido satisfechos o que no se han respetado las normas vigentes en relación al consumo, puede realizar inmediatamente la consulta para que se actúe rápidamente, evitando mayores consecuencias”. Y afirmó: “Me parece que tener en un ticket un número gratuito es un gran beneficio para que los ciudadanos puedan de manera simple efectuar su reclamo”, consideró la Concejala.
Antecedentes
Actualmente la Ley Nacional que rige los derechos de los consumidores es la Ley Nº 26.361 la cual define a los consumidores como “toda persona física o jurídica que adquiere o utiliza bienes o servicios en forma gratuita u onerosa como destinatario final, en beneficio propio o de su grupo familiar o social”.
Dentro de los fundamentos que acompañan al Proyecto se menciona, a modo de ejemplo, que en la ciudad Autónoma de Buenos Aires rige la Ley Nº 2.696 y que en su artículo primero Bis se expresa: “En las facturas y tickets emitidos a consumidores finales, deberá constar en forma legible y destacada el número de teléfono gratuito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires 147, junto con la leyenda teléfono gratuito CABA, Área de Defensa y Protección del Consumidor”.
En tanto, en la provincia de Buenos Aires rige la Ley Nº 13.981, en cuyo artículo primero se manifiesta: “En las facturas y tickets a consumidores finales emitidos en la provincia de Buenos Aires, deberá constar en forma legible y destacada el número de teléfono gratuito del Departamento de Orientación al Consumidor u organizamos que lo reemplace”.
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