A partir del lunes las empresas de telefonía móvil modificarán el sistema de facturación y comenzarán a cobrar los llamados desde el momento en que el destinatario atiende la comunicación.
Las empresas Movistar, Personal, Claro y Nextel confirmaron que ya adaptaron los sistemas de facturación para cumplir con la nueva modalidad.
El impacto de la medida será diferente en cada operadora dado que algunas ya le habían retirado esta carga a los usuarios prepagos y sólo mantenían la modalidad de cobro desde el comienzo de la llamada en algunos planes postpagos.
Actualmente, los clientes pagan el llamado "tiempo en aire" en referencia a los segundos que corren hasta que el receptor (humano o contestador) atiende el llamado.
"La resolución de la Secretaría de Comunicaciones -la número 45 de este año- es en ejercicio de los derechos establecidos en el artículo 42 de la Constitución, en defensa de los consumidores", dijo respecto a esta determinación la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, al anunciar la medida.
Explicó -en su momento- que "hasta que no te conteste persona o el contestador no pueden facturar, deben facturar por el tiempo que dura el mensaje o la conversación".
Al momento del anuncio de la medida, en mayo pasado, el titular de Consumidores Libres, Héctor Polino, destacó la importancia de la resolución porque "va en el camino de quitarles privilegios y ganancias injustificadas a las empresas de telefonía celular".
También Susana Andrada, directora del Centro de Educación al Consumidor, dijo entonces que medidas como ésta y la portabilidad numérica "abre a futuro la posibilidad de que se vayan modificando otras irregularidades que afectan a los consumidores de telefonía celular".
En los considerandos de la resolución se especifica que un informe del año 2003 realizado por el área económico-financiera de la Comisión Nacional de Comunicaciones consideró que "no resultan razonables los fundamentos" utilizados por las empresas para facturar el servicio "desde que se presiona la tecla SEND".
También se cita que la empresa Movistar informó ese año a la CNC que "facturaba el tiempo de aire cuando la señal de llamada supera los 30 segundos y hasta que se cortara la comunicación".
Pero no facturaba si "la señal diera ocupado, o si el abonado se encuentra fuera del área de cobertura o tiene el equipo apagado o no se encuentra habilitado para el servicio memofacil".
En los considerandos de la resolución 45, también figura que la empresa Nextel no cobra cuando el receptor está "ocupado, no contesta o está fuera del área de cobertura".
En tanto factura la llamada cuando "atiende la casilla" de mensajes desde "que se presionó la tecla Send".
En el caso de Claro, según el informe de la CNC, se señala que la empresa del Grupo Telmex facturaba tiempo en el aire pues "lleva asociada la utilización de recurso de la red (canales de aire, facilidades conmutación, ruteo, etc").
La medida, que fuera adelantada por el ministro de Planificación, Julio de Vido, a mediados de mayo pasado, se basa en la Ley de Defensa del Consumidor, en el reglamento General de Clientes de los Servicios de comunicaciones móviles y en recomendaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones
No hay comentarios:
Publicar un comentario