Sólo con sus mayoritarios siete votos y con la rotunda negativa del arco
opositor (compuesto por seis ediles), el oficialismo aprobó ayer otra
ordenanza clave para la administración Corral: una “actualización”
completa del valor de las multas por infracciones tipificadas en el
Régimen de Infracciones y Penalidades (Ordenanza N° 7.882) de la ciudad.
Casi todos los tipos sancionatorios de esa norma fueron actualizados
sobre nuevos valores, con aumentos mínimos de entre el 27% y el 1.643%, y
con aumentos máximos de entre el 69 % y el 4.250 %, según los cálculos
estimados por fuentes del Concejo consultadas.
Desde el
arrojo a la vereda de desperdicios y materiales de construcción; sacado
de residuos fuera de horario; ruidos molestos, desagote de piscinas en
vía pública, hasta baldear la vereda en horarios no permitidos, manejar
con licencia vencida o conducir vehículos con GNC con oblea de
verificación adulterada, etc., las multas de todos tipos sancionatorios
se actualizarán, de acuerdo a una nueva unidad de medición: la Unidad
Fija (UF).
Precio del combustible
el costo de una multa estará determinado no ya por valores monetarios,
sino por una Unidad Fija (UF) creada en base al cálculo del promedio de
los precios del litro de los combustibles nafta súper, nafta premium y
diésel premium que comercialice el Automóvil Club Argentino de Santa Fe.
(A valores actuales, ese valor UF promedia los 6,34 pesos, según
calculó el Litoral.) Esto se determinó -según los propios ediles
oficialistas- para “ajustar los valores a la realidad económica actual”.
Si aumenta el valor de las naftas, aumentará el valor de las multas.
Analizando una treintena de tipos sancionatorios contemplados en el
régimen, el aumento de los mínimos de las multas oscilaría entre el 27% y
el 1.643 %. Ejemplo: la multa por el arrojo o depósito de mezcla
húmeda, al que le corresponderá una multa de 110 UF -a 6,34 pesos por
cada UF- tendrá un aumento del mínimo de 1.643 %, ya que salta de los 40
pesos actuales a 697 pesos.
Los máximos, por su parte,
oscilarán entre el 69 % y 4.250 %. Ejemplo: por destrucción o alteración
de indicadores de medición en paradas de transporte público, el aumento
de máxima será del 4250 % (para esta infracción la máxima será de 1.200
UF, a 6,34 pesos el valor actual de cada UF), ya que el máximo actual
es de 165 pesos y la modificación lo llevaría a unos 7.600 pesos.
Otro ejemplo: hoy conducir con la licencia vencida implica una multa
de 50 pesos. Ahora la multa por esa infracción será de 40 UF (mínima) a
400 UF (máxima). A 6,34 pesos el valor actual por cada UF, las nuevas
multas variarían de 250 pesos (multa mínima) a 2.500 pesos (multa
máxima).
“Antes era económicamente conveniente violar la
norma y pagar la multa antes que cumplir con la ordenanza, porque los
valores de las sanciones eran insignificantes. Ahora no. Los nuevos
montos apuntan al rol disuasivo de la multa”, argumentó el radical Ariel
Rodríguez en el recinto. La norma no fue acompañada por la oposición.
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