El nuevo valor se aplicará desde el 1 de abril y fue fijado a través de la resolución 25, publicada en el Boletín Oficial con la firma del titular de la dependencia, Guillermo Moreno. Además, También, ordena que "el abono básico mensual y los otros servicios no podrán sufrir variaciones en sus precios".
La Secretaría de Comercio Interior estableció en 123 pesos el abono básico mensual del servicio de Cablevisión a partir del próximo 1 de abril.
El nuevo valor, que se extenderá hasta septiembre, fue fijado a través de la resolución 25, publicada este viernes en el Boletín Oficial con la firma del titular de la dependencia, Guillermo Moreno.
En los considerandos de esta medida, Comercio Interior recordó las anteriores normas adoptadas en el mismo sentido, entre ellas la última resolución del 28 de diciembre de 2011, que prorrogaba hasta marzo de este año el valor del abono básico en 116 pesos.
En ese marco, la dependencia que conduce Moreno señaló que "conforme surge de las constancias administrativas, la empresa Cablevisión continúa sin presentar la información requerida en las resoluciones mencionadas precedentemente, y como consecuencia del incremento de costos generados en la explotación de la actividad, corresponde actualizar el monto del abono básico mensual del servicio de televisión paga que presta a sus usuarios".
"De acuerdo con los parámetros de razonabilidad previstos, esta Secretaría en el marco de su competencia procede a fijar el precio por el abono básico mensual del servicio de televisión paga de la empresa Cablevisión S.A. en la suma de pesos ciento veintitrés ($ 123,00), que los usuarios deberán abonar durante los meses de abril a septiembre de 2012, inclusive", indica el texto oficial.
Luego, advierte que "las promociones y/o bonificaciones y/o descuentos, cualquiera sea su denominación que beneficie a los usuarios, deberán ser mantenidos en los mismos términos en que se encuentran a la fecha de entrada en vigencia de la presente medida", es decir, a partir del próximo 1 de abril.
También, ordena que "el abono básico mensual y los otros servicios prestados actualmente por la empresa no podrán sufrir variaciones en sus precios, número, calidad e integración a la fecha de publicación de la presente resolución", al tiempo que dispone que "los contratos que se celebren en el futuro deberán ajustarse a las pautas de la presente resolución".
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