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jueves, 29 de enero de 2015

ROSARIO Ordenan restituir una nena de 7 años a su padre que vive en España

La mamá rosarina de la chiquita, que posee la nacionalidad ibérica, había tomado la decisión de traerla a Rosario en abril pasado tras divorciarse de su marido. La Justicia valoró el interés superior de la niña e incluso su propio relato.
/La Capital | 
Ordenan restituir una nena de 7 años a su padre que vive en España
 La Justicia santafesina ordenó la restitución de una nena a España donde su padre la reclamaba. La mamá de la menor había tomado la decisión de venir a Rosario con la niña, de nacionalidad ibérica, e inició una batalla legal que se prolongó por seis meses en los Tribunales locales, que ratificaron la aplicación de la Convención sobre Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores.
Luciana, la madre rosarina de la chiquita de siete años, se divorció de su marido acusándolo de violento después de vivir una década en España y regresó a Rosario en abril del año pasado junto con su hija, pero sin el consentimiento de su ex pareja.
Frente a esta situación, el padre de la nena, también rosarino, pidió a la Justicia santafesina la restitución internacional de la menor a su residencia habitual. La jueza de Familia Nº 7, Valeria Vittori, hizo lugar a la solicitud a mediados del año pasado. La decisión fue luego ratificada en distintas instancias ante cada una de las apelaciones y recursos presentados por la madre.
La magistrada argumentó que "las excepciones normativas y jurisprudenciales" no cabían para este caso. E incluso citó la decisión de la Corte Suprema en algunos episodios similares.
Según destacó Vittori en ese fallo, que luego fue ratificado hasta por el pleno del Tribunal, "si la legislación española atribuye la custodia y guardia a uno de los progenitores, ese derecho no es suficiente para que el padre conviviente pueda decidir por sí solo cambiar la residencia habitual del niño".
La resolución añadió que "el interés superior del niño es respetado por el derecho a no ser trasladado o retenido indebidamente a visitar al padre no conviviente y en la inmediata restitución para que sea el juez natural el que decida cuestiones de fondo".
También fueron tenidos en cuenta "los principios de la cooperación internacional que imponen al Estado argentino el deber de cumplir las disposiciones". Y consideró "el interés superior de la niña garantizando el retorno inmediato y seguro a España, restableciendo los lazos violentados".
Vittori fundamentó el reintegro internacional de la menor en la Convención sobre los Derechos del Niño, la ley nacional de protección integral de los derechos de los niños y las 100 reglas de Brasilia sobre el acceso a la Justicia de personas vulnerables.
Además, según consta en el fallo, la niña manifestó "claramente su deseo de volver a España", al "lugar que no quiso dejar, donde, como lo expresara, tiene su vida y 15 amigas, como también los juguetes que quedaron".
"Elocuente y conmovedor resulta el relato de esta niña de 7 años, que no puede soslayarse teniendo en consideración el resultado positivo del examen psicofísico efectuado por la médica forense", se expresó en otro tramo de la resolución.
Luego, agregó: "No existen dudas de que esta niña ha visto modificado su centro de vida por voluntad unilateral de su progenitora, que decide en forma inconsulta alterar sus hábitos, costumbres, contacto con su padre y trato con sus amigas, requiriendo una solución urgente a la problemática en la que se la ha colocado".
El fallo de la magistrada ordenó restituir la niña a España para que sea el juez de ese país el que defina los aspectos de fondo.
Por esto, y debido a la feria judicial, fue al juez de primera instancia de Distrito del Tribunal Colegiado de Familia Nº 5, Marcelo Molina, a quien le tocó monitorear la ejecución del fallo. Se trata de un proceso que culminó ayer a la madrugada, después de seis meses, en los que al menos los padres se pusieron de acuerdo para embarcarse en avión juntos con la niña rumbo a España.
Allí, serán ellos los padres los decidirán si continúan dirimiendo sus diferencias respecto a la tenencia de su hija en los Tribunales .
Otros episodios con características similares
Dos años atrás, un pedido de restitución internacional de una niña de dos años terminó con un inusual acuerdo en Tribunales. Los padres, una contadora rosarina y un empresario australiano, consensuaron ante un juez un régimen de visitas y así evitaron la remisión forzosa de la criatura, que quedó al cuidado de su madre y debe viajar tres meses al año a encontrarse con su papá en Oceanía.
  El pacto entre partes frenó el trámite de restitución y, desde ese momento, los Tribunales rosarinos se establecieron como la jurisdicción para dirimir disidencias con el régimen de visitas.
  En su origen, el caso de esta niña fue parecido al de Dante, un niño que en tuvo que volver con su padre a Estados Unidos, donde nació, y de donde su madre rosarina lo trajo cuando tenía apenas tres meses.
  Luego de una disputa, el Tribunal estableció el retorno a su país de nacimiento y se reencontró con el papá.

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