El fallo de la Cámara Federal dispuso que el Estado elabore un esquema de distribución con "proporcionalidad y equidad", en base a los fundamentos del caso PERFIL.
La Sala Nº 4 de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal falló a favor del recurso de amparo impuesto por Artear y resolvió que el Estado nacional elabore un esquema dedistribución de la pauta oficial que incluya a todos los canales de aire de la Ciudad de Buenos Aires, que se ajuste "fielmente a las pautas deproporcionalidad y equidad establecidas" por la sentencia. Entre los antecedentes del fallo, se citan los casos de las editoriales Río Negro yEditorial Perfil.
"A los efectos de dar acabado cumplimiento al mandato judicial, el accionado deberá elaborar y presentar en la instancia de origen un esquema de distribución de publicidad oficial que comprenda a las emisoras de análogas características, entre las que corresponde incluir aAmérica TV (Canal 2), Telearte (Canal 9), Televisión Federal (Canal 11), Arte Radiotelevisivo Argentino (Canal 13) y el Sistema Nacional de Medios Públicos (Canal 7)", señaló el fallo difundido hoy.
La sentencia menciona al jefe de Gabinete, Juan Manuel Abal Medina, y al secretario de Comunicación Pública, Alfredo Scoccimarro, como los responsables de arbitrar que se cumpla con lo dispuesto por los camaristas.
"En los últimos años había disminuido la adjudicación de pauta oficial a Artear S.A. y es posible advertir una diferencia significativa desde 2010 en relación con las demás emisoras", argumentaron los magistrados. Entre los datos aportados en la resolución judicial, se señala que hasta 2010 los medios de canales de aire tenían adjudicado 92.044.028 pesos mientras que, a partir de ese año, Canal 13 comenzó a recibir 10.602.243 pesos.
El reclamo de Editorial Perfil comenzó durante el gobierno de Néstor Kirchner, para que la empresa no fuera excluida de la publicidad oficial que otorgaba el Poder Ejecutivo. Tras un dilatado reclamo en los tribunales, en 2011 la Corte Suprema ratificó la resolución judicial que disponía incluir a PERFIL, dentro del listado de medios beneficiados con publicidad oficial. En abril de este año, el juez federal Ernesto Marinelli ordenó al Gobierno nacional que informe periódicamente el detalle de la distribución de la pauta oficial en Editorial PERFIL.
Fallo contra Cablevisión. Al mismo tiempo, la misma Cámara que benefició al Grupo Clarín a través de un fallo beneficioso para Artear, difundió otra sentencia ligada al multimedio: hizo lugar a un reclamo del AFSCA para sancionar a Cablevisión con una multa por cada día en que incumpla la reorganización de la grilla de canales.
Cablevisión había señalado que "no todas las señales podían ser ubicadas en un determinado lugar de la grilla, dado que pueden provocarse posibles interferencias por los canales de aire que se emiten en esa misma banda".
Mientras tanto, el AFSCA argumentó en tanto que "otros operadores del servicio de televisión por cable en el país no habían manifestado idéntica preocupación" y que la eliminación de las alegadas "interferencias" era "un problema que debían resolver las prestadoras". Al AFSCA luego solicitó que la Justicia impusiera "sanciones conminatorias" por "cada día en que mantenga su actitud ilegal". La sanción pretendida era de 20.000 pesos diarios, pero la Justicia sentenció que tal cifra resulta "desproporcionada" por lo que la redujo a 2.000 pesos.
Cablevisión había señalado que "no todas las señales podían ser ubicadas en un determinado lugar de la grilla, dado que pueden provocarse posibles interferencias por los canales de aire que se emiten en esa misma banda".
Mientras tanto, el AFSCA argumentó en tanto que "otros operadores del servicio de televisión por cable en el país no habían manifestado idéntica preocupación" y que la eliminación de las alegadas "interferencias" era "un problema que debían resolver las prestadoras". Al AFSCA luego solicitó que la Justicia impusiera "sanciones conminatorias" por "cada día en que mantenga su actitud ilegal". La sanción pretendida era de 20.000 pesos diarios, pero la Justicia sentenció que tal cifra resulta "desproporcionada" por lo que la redujo a 2.000 pesos.
El ente gubernamental denunció que Cablevisión "excluye la señal de películas IncaaTV, la de contenidos infantiles Paka Paka y las de noticias CN23, 360TV y Telesur".
Explicaciones. Fuentes de Cablevisión aseguraron que la apelación "no fue concedida porque los jueces dicen que el recurso está mal interpuesto". Los voceros adelantaron, además, que la empresa de cable apelará el fallo a través de un recurso extraordinario ante la Corte Suprema, dado que "la implementación de la grilla compulsiva del AFSCA en el servicio analógico de Cablevisión implicaría dar de baja canales hoy existentes por falta de espacio técnico ya que la grilla actual está completa, con el consiguiente perjuicio para el cliente".
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