La Justicia condenó al Portal
Rosario Shopping, luego de que un cliente dejara su auto en el
estacionamiento del lugar para ir al cine, y al salir se lo habían
sustraído.
La Capital |
Condenaron al shopping Portal Rosario por el robo de un automóvil que
se encontraba en el estacionamiento. El fallo de la Justicia remite al
hecho ocurrido el 13 de enero
del año pasado, cuando un hombre dejó su Renault 12 en la playa D4
del tercer nivel del estacionamiento y concurrió al complejo de cines.
Luego de ver una película comprobó que su vehículo no estaba.
En la resolución la jueza en lo civil y comercial de la décimo octava nominación, Susana Gueiler, sostiene que “el hecho que el estacionamiento sea gratuito no exime de responsabilidad, porque el servicio no es totalmente desinteresado”. Agrega que el estacionamiento genera en el usuario la convicción que su rodado queda bajo la guarda del establecimiento.
Señala la jueza Gueiler que quien dejó el automóvil en el estacionamiento de un shopping tiene una confianza fundada en que el empresario se ocupó razonablemente de la seguridad. En la resolución también se puntualiza que “la obligación de guarda, custodia y restitución de los rodados por parte de los centros comerciales es un aspecto esencial en el contrato innominado entre la empresa y sus potenciales clientes.
Al hacer lugar la demanda por daños y perjuicios, la Justicia condenó a Portal Rosario y Cencosud a pagarle al dueño del auto que fue robado cerca de 22 mil pesos entre capital e intereses.
En la resolución la jueza en lo civil y comercial de la décimo octava nominación, Susana Gueiler, sostiene que “el hecho que el estacionamiento sea gratuito no exime de responsabilidad, porque el servicio no es totalmente desinteresado”. Agrega que el estacionamiento genera en el usuario la convicción que su rodado queda bajo la guarda del establecimiento.
Señala la jueza Gueiler que quien dejó el automóvil en el estacionamiento de un shopping tiene una confianza fundada en que el empresario se ocupó razonablemente de la seguridad. En la resolución también se puntualiza que “la obligación de guarda, custodia y restitución de los rodados por parte de los centros comerciales es un aspecto esencial en el contrato innominado entre la empresa y sus potenciales clientes.
Al hacer lugar la demanda por daños y perjuicios, la Justicia condenó a Portal Rosario y Cencosud a pagarle al dueño del auto que fue robado cerca de 22 mil pesos entre capital e intereses.
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