El establecimiento está
ubicado en Castelli 2179. Se constataron las denuncias de vecinos sobre ruidos
molestos fuera del horario permitido, olores nauseabundos, y el arrojo de agua
servida con rastros de sangre animal a la vía pública. La Justicia
Administrativa de Faltas de la Municipalidad fijó una multa de más de 5 mil
pesos y 5 días de clausura.
El pasado 24
de enero se determinó desde el Juzgado Nº 7 del Tribunal Municipal de Faltas una
sanción al frigorífico ubicado en calle Castelli 2179. La sentencia impone a la
empresa una multa de $ 5.420 y la clausura por cinco días del establecimiento, a
partir de la efectivización de la medida, que fue encargada a personal de la
Dirección de Ambiente y Desarrollo Sustentable.
Las
infracciones constatadas incluyen la presencia de olores nauseabundos, y ruidos
que exceden los límites de lo permitido en la zona donde está instalado el
frigorífico y en horarios impropios. Además, se verificó el arrojo de agua
servida por el caño del albañal, llegando a detectarse incluso, la presencia de
sangre animal en dichas emisiones a la vía pública.
En las actas
labradas en ocasión de inspección municipal, los verificadores dieron cuenta de
la presencia de olores, que los vecinos describían como “olor a chiquero”, a
“carne podrida” o a “grasa rancia”; así como también, la presencia de “ruidos
excesivos provocados por equipo de refrigeración y golpes de recipientes
metálicos”.
La sentencia
da cuenta de nueve citaciones a comparecer en virtud de las constataciones de
infracción realizadas por personal municipal, a las que no se dio la respuesta
correspondiente por parte del propietario del frigorífico. Por ello, y en
particular dando respuesta a los reclamos de los vecinos damnificados por la
situación, se procedió a emitir una sanción, invocando las ordenanzas
municipales Nº 9.662, 6.162, 7.882 y 9.623.
Desde el
Tribunal Municipal de Faltas, se informó que debido a que desde el frigorífico
se apeló la sentencia, y al haberse concedido dicho recurso legal, el expediente
está actualmente en el Juzgado de Faltas de la Provincia. De todas formas, se
destacó que dicha concesión es con “efecto devolutivo”, lo que implica que la
sanción se ejecutará independientemente del resultado de la
apelación.
Antecedentes de la
sanción
Desde el
Juzgado Nº 7, se informó que se llega a la sanción tras un largo proceso que se
inició en el año 2007 con las primeras denuncias realizadas por los vecinos del
frigorífico. Aquellos primeros reclamos motivaron la constatación de las
infracciones, a partir de las cuales se dio inicio a un juicio de faltas en el
año 2008.
Con el
objetivo de mejorar las condiciones de funcionamiento del establecimiento, que
eran las que causaban molestias y ponían en peligro la salud de los vecinos, se
priorizó un proceso de intermediación entre el frigorífico y los denunciantes, a
instancias de la Subsecretaria de Prevención y Seguridad Ciudadana, dependiente
de la Secretaría de Gobierno de la Municipalidad de Santa Fe. La mediación
estuvo a cargo del Centro de Capacitación en Medios Alternativos para la
Resolución de Conflictos (Cecamarco) de la Facultad de Ciencias Jurídicas y
Sociales, de la Universidad Nacional del Litoral. Pero el proceso fracasó por no
haberse llegado a un acuerdo entre las partes y tras vencerse los plazos
previstos para el juicio de faltas en curso, se produjo el archivo de dicho
trámite.
Nuevo Juicio de
Faltas
En el informe
0639 del año 2010, personal del área de Control de Habilitaciones dio cuenta de
la realización de trabajos de cloacas, desagües, cámaras de decantación,
cerramientos y aislamiento acústico en el edificio del frigorífico. Por ello, se
había entendido que existía intención de regularizar el funcionamiento de la
planta y reducir el daño ambiental que había producido. Pero tiempo después,
nuevas denuncias de los vecinos y las constataciones correspondientes,
demostraron que esas tareas habían sido insuficientes para reducir la emisión de
olores y ruidos que afectaban al vecindario.
Durante el
año 2010 se labraron las actas de infracción 00057, 00430, 0533762 y 00533854; y
durante 2011, las actas 00040, 00432, 00537060, 00536299, 00902326, 00902327 y
00482, todas debidamente notificadas al propietario del frigorífico, citándolo a
comparecer y normalizar el funcionamiento de la planta. Cabe mencionar, que
entre las actas del año 2011, se cuentan además infracciones por la presencia de
una casilla en la vereda del edificio y la “instalación de un depósito sin
inscripción sobre calle Castelli 2180”, que ignoraban la reglamentación de la
Ordenanza Nº 7882.
En virtud de
la situación descripta, se dio curso a un nuevo Juicio de Faltas que terminó en
enero con la sanción económica y el pedido de clausura por cinco días. Las
numerosas constataciones de infracciones mencionadas, demostraron que los hechos
registrados no eran aislados ni esporádicos, sino que constituyeron faltas
contínuas, prolongadas y reiteradas a la normativa municipal en las que se
encuadra el funcionamiento de establecimientos como el frigorífico en cuestión y
que tienden a salvaguardar las condiciones ambientales.
La sanción de
la Justicia Administrativa de Faltas tiende a preservar el medio ambiente y
garantizar condiciones aptas para la vida humana y la salud pública. De esa
manera, se pretende eliminar el perjuicio al entorno del frigorífico y defender
a los vecinos del daño subjetivo que producen los ruidos excesivos y las
emisiones nauseabundas.
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