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domingo, 5 de febrero de 2012

“Una pena en suspenso premia al que desprecia la vida ajena”

Lo dijo el abogado Gregorio Dalbón, especializado en accidentes de tránsito, en relación a la discusión acerca de las sanciones aplicables a los victimarios en siniestros viales fatales. Se suman otras voces.

 


Esta semana, un adolescente de 15 años que sacó sin permiso el auto de su madre para salir con sus amigos chocó contra un colectivo y una camioneta en Lomas de Zamora a más de 100 kilómetros por hora y provocó la muerte de uno de sus acompañantes y de un vecino que caminaba por el lugar. Al ser inimputable por su edad, se le tomó declaración y se le concedió arresto domiciliario. Casi sonaba a burla la calcomanía pegada en la luneta trasera del vehículo: “No corro, manejo seguro”.

Más allá de esta situación que tiene como particularidad, la minoría de edad del principal involucrado, las consecuencias de este choque trajeron una vez más al debate la discusión acerca de la existencia, o no, de impunidad al volante en la Argentina.

Gregorio Dalbón es abogado especialista en derecho penal. Una tragedia personal lo llevó a fundar Favat, una institución cuyo afán de justicia procede de la falta de normas y de voluntades, judiciales y políticas contra la muerte por accidentes de tránsito.

Entre sus numerosos antecedentes, fue quien demandó a los presidentes Carlos Menem y Fernando de la Rúa, por permitir mediante el decreto Nº 260/97 que las empresas de transporte público maten a los ciudadanos y abonen las indemnizaciones en 60 cuotas. También es el abogado designado por la Comunidad Europea de Víctimas de la Ruta ante Unesco y ONU.

En diálogo con Diario UNO, Dalbón se sumó al debate en relación a las sanciones establecidas por ley en cuanto a los accidentes de tránsito fatales: “Mi opinión en cuanto a las penas establecidas para el delito de homicidio culposo que enmarca el artículo 84 del código penal es que son correctas. Es un delito culposo, sin intención, que se comete por negligencia, imprudencia o por violar los reglamentos, en el caso la ley de tránsito”.

Y aquí hace una aclaración: “En donde hago hincapié es en la actitud de los jueces al momento de juzgar este delito. Sepan que en general los jueces dictan sentencias, casi todas de cumplimiento en suspenso por este delito, ya que no hay intención y castigar con pena privativa de la libertad sería demasiado”.

Con respecto a este tipo de casos, el abogado agregó: “Si la negligencia fue accidental, normal, del tipo de una rotura de los frenos, distracción, y/o el típico ejemplo de que se nos cruce alguien y no podamos frenar, está bien que se condene y que la persona quede en libertad e inhabilitada para manejar entre cinco y 10 años, esto último lo dictaminan los jueces según sea el caso”.

La diferencia
Situado ya en un escenario muy diferente, Dalbón explicó: “Lo que me parece mal es que al que prepara el auto y mata corriendo picadas, al borracho que se sube al automóvil maneja y mata, al que viola luces rojas o excede los límites establecidos de velocidad, a los que abandonan a la persona muerta o herida, le den la misma pena en suspenso”.

Allí es donde radica el punto álgido del debate legal. ¿Hasta qué punto una persona que excede la velocidad o pasa un semáforo en rojo, además de ser consciente de que puede estar a punto de matar a otro, se puede desligar de la intención?

El abogado opinó: “Creo en mi humilde entender del derecho que los jueces deben diferenciar dentro del delito del artículo 84 las circunstancias del hecho. Y actuar en consecuencia. Al que desprecia la vida ajena, al que mata y abandona, darle una pena en suspenso es premiarlo”.

Y ejemplificó: “Casos emblemáticos como el de la Hiena Barrios, el de Sebastián Cabello, o el de María Victoria Mon, que además de matar no les importó, a pesar de haber sido condenados (el de la Hiena todavía no se dictaminó) todos han quedado en libertad. Las familias que padecen la muerte de un hijo me preguntan en el juicio oral «Doctor, ¿qué va a pasar con el que mató a mi hijo?». Después de 22 años de abogado no puedo contestar otra cosa que la lamentable respuesta: «Nada»”.

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