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lunes, 5 de septiembre de 2011

“Quienes sufren el delito de trata no pueden ser culpables”

Lo dijo la presidenta de la asociación Generar, Liliana Loyola, sobre el proyecto que aprobó el Senado de la Nación, que modifica la ley Nº 26.364 y elimina la figura del consentimiento de la víctima.
 
“Quienes sufren el delito de trata no pueden ser culpables”

El Senado de la Nación dio media sanción a un proyecto de modificación de la ley de trata de personas (Nº 26.364) que hace lugar a cuestionamientos que había originado aquella norma aprobada hace tres años, especialmente en tres puntos: no acepta en ningún caso que el consentimiento de la víctima pueda exculpar al victimario, propicia –en todos los casos– el cumplimiento efectivo de la pena, e incluye entre los delitos la promoción de la pornografía infantil. De esta manera, el proyecto –aprobado por unanimidad por los senadores– fue remitido a la Cámara baja que, además de los cambios al articulado, también deberá expedirse sobre los nuevos dispositivos de lucha contra la problemática que establece el proyecto. Entre ellos, por ejemplo, incorpora el número telefónico 145 (ya fijado por decreto) para recibir denuncias desde todo el país, incluso por mensaje de texto. “Las víctimas no son culpables” Una de las principales modificaciones a la ley vigente es la eliminación de la figura del consentimiento (prevista en los casos en los que la víctima es mayor de edad) lo que permitía al responsable del delito ser exonerado por la Justicia. Respecto de este punto, la presidenta de la asociación Generar y ex defensora del Pueblo de Santa Fe, Liliana Loyola, celebró la propuesta de modificación y subrayó la importancia de que las víctimas nunca sean consideradas culpables: “Quienes sufren el delito actúan bajo presión del instigador o victimario, no pueden ser consideradas culpables. No podemos naturalizar la violencia”. El proyecto entiende por trata de personas “el ofrecimiento, la captación, el traslado, la recepción o acogida de personas con fines de explotación, en el territorio nacional o desde o hacia otros países”. Y caracteriza explotación con amplitud de alternativas: “Cuando se mantuviere a una persona en condición de esclavitud o servidumbre”, o “se la obligare a trabajos o servicios forzados”, o “se promoviere, facilitare o comercializare la prostitución ajena”, o “cuando se promoviere la pornografía infantil”, o cuando “se forzare a una persona al matrimonio” o “cuando se promoviere la extracción forzosa de órganos o tejidos”. Con agravantes y sin reducciones El proyecto aprobado por los legisladores establece penas mínimas de cuatro años para la trata –lo cual propicia su cumplimiento efectivo e impide el beneficio de la probation–, y fija penas de 8 a 12 años cuando, como consecuencia de la trata, se llega efectivamente a la explotación de la persona. Otros agravantes se configuran si las víctimas son menores o si quedan embarazadas. Además, suprime la posibilidad, prevista en la ley 26.364, de que las penas puedan reducirse para los partícipes que proporcionen datos para rescatar víctimas o esclarecer delitos. Condiciones de protección Según el texto aprobado el miércoles pasado, las víctimas tienen derecho a “prestar testimonio en condiciones especiales de protección y cuidado”, a “recibir asistencia psicológica y médica gratuitas”, a “recibir capacitación laboral y ayuda en la búsqueda de empleo” y a “recibir asesoramiento legal y patrocinio jurídico gratuito”, así como “a la incorporación o reinserción en el sistema educativo”. También, resguarda a las víctimas extranjeras, a quienes otorga el derecho de permanecer en el país y formalizar una petición de refugio. Asimismo, la ley con media sanción dispone la creación de dos nuevos organismos. Uno de ellos es el Consejo Federal para la Lucha Contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas, destinado “al seguimiento de todos los temas vinculados a esta ley”. Este grupo incluirá representantes de los tres poderes, de las provincias, de los consejos nacionales de Niñez y de las Mujeres y contará con tres representantes de organizaciones no gubernamentales. El otro organismo es el Comité Ejecutivo, que “tiene a su cargo la ejecución de un programa nacional” sobre el tema: se conformará con representantes de los ministerios de Justicia, Seguridad, Trabajo y Desarrollo Social. El proyecto final que aprobó el Senado se elaboró sobre la base de iniciativas de los legisladores Beatriz Rojkés de Alperovich, Sergio Mansilla, Adriana Bortolozzi, Liliana Negre de Alonso, Roy Nikish y Juan Carlos Romero. Fue presentado por la presidenta de la Comisión de Justicia y Asuntos Penales, la salteña Sonia Escudero, quien manifestó que “lo único que hace el Senado con esta modificación es cumplir con el mandato constitucional del artículo 15 que desde 1853 establece que “en la Nación Argentina no hay esclavos”.

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