anuncio

anuncio

anuncio

anuncio

sábado, 8 de agosto de 2015

SANTA FE Facilidades de pago para regularizar la deuda administrativa de TGI

El Gobierno de la Ciudad recuerda que están vigente los beneficios tributarios para quienes opten por cancelar la deuda de contado y en planes de pago de hasta 24 cuotas.

Facilidades de pago para regularizar la deuda administrativa de TGI
El Gobierno de la Ciudad recuerda que se encuentra vigente un régimen de facilidades de pago para deuda en Gestión Administrativa de Tasa General de Inmuebles (TGI), que permite regularizar las obligaciones impagas vencidas al 31 de marzo de 2015.
El beneficio consiste en la reducción de la tasa mensual para el cómputo del interés por mora del 3 % al 0,5 %, para aquellos contribuyentes de TGI que opten por cancelar su deuda de contado. También podrán abonar en hasta 6 cuotas sin interés con tarjeta de crédito VISA y Mastercard del Nuevo Banco de Santa Fe, o Credifiar, exclusivamente en las cajas ubicadas en el Palacio Municipal, manteniendo el mismo beneficio.

Otras opciones

Además, los contribuyentes pueden regularizar su deuda con el beneficio de reducción de la tasa mensual por accesorios por mora, optando por alguna de las siguientes modalidades de pago:
* 6 cuotas mensuales con el beneficio de reducción de la tasa mensual por accesorios por mora del 3 % al 1 % por cada mes de mora.
* 18 cuotas mensuales con el beneficio de reducción de la tasa mensual por accesorios por mora del 3 % al 2 % por cada mes de mora.
* Anticipo del 10 % y 12 cuotas, con el beneficio de reducción de la tasa mensual por accesorios por mora del 3 % al 1 % por cada mes de mora.
* Anticipo del 10 % y 24 cuotas, con el beneficio de reducción de la tasa mensual por accesorios por mora del 3 % al 2 % por cada mes de mora.
Por último, se recuerda a los contribuyentes que tienen la posibilidad de confeccionar su convenio de pago vía web (santafeciudad.gov.ar); concurriendo a la Ventanilla de Contribuyentes del Palacio Municipal (Salta 2951), o bien dirigiéndose al Centro de Distrito más cercano a su domicilio.

No hay comentarios:

Publicar un comentario