Se pueden realizar en forma nominada o con reserva de identidad, mediante un formulario único de denuncias disponible en entorno web o comunicándose al 0800 444 4276, o bien personalmente.
El Ministerio de Salud, a través del Iapos, informó que con el objeto de que los afiliados de la Obra Social Provincial puedan denunciar situaciones en las que los prestadores no respeten los compromisos asumidos, ni los requerimientos establecidos, poniéndolos en situaciones que condicionan y afectan la relación médico/paciente y la calidad de la cobertura, está a disposición de sus beneficiarios el Servicio de Recepción y Gestión de Denuncias por Prácticas Abusivas, mediante la utilización de un formulario único de denuncias que se encuentra disponible en entorno web.
"Los beneficiarios de la obra social provincial acceden a las prestaciones que esta brinda con la confianza de contar con una cobertura de calidad que incluya la atención oportuna, el trato adecuado y la inexistencia de requerimientos extra por parte de los prestadores, que signifiquen discriminación en la atención, cobros indebidos o la existencia de condicionantes no autorizados por los convenios que los vinculan el instituto", expresaron desde el Iapos.
También se indicó que “cuando estas condiciones no son respetadas por los prestadores, los beneficiarios puede completar este formulario de denuncias ingresando por cualquiera de los tres canales de atención diseñados por el IAPOS: en forma personal en las dependencias del instituto, a través del Centro de Atención Telefónico del IAPOS - 0800 444 4276 -, o en forma online en el sitio web de la obra social: www.santafe.gob.ar/iapos".
De igual modo, se pueden realizar “denuncias personales”, por afiliados o no, que reclamen por circunstancias que refieran a la prestación de un servicio a un beneficiario del Iapos, o bien “denuncias Institucionales”, realizadas por entidades representativas de los afiliados que informen de la existencia en su poder de denuncias personales.
MODALIDADES
Las denuncias pueden realizarse de dos maneras: nominadas o con reserva de identidad. En los casos en que las denuncias sean realizadas con pedido de reserva de identidad, el Centro de Gestión de Denuncias verificará los datos afiliatorios del beneficiario afectado, quedando a reguardo del sector la identidad del denunciante y del afiliado.
Los datos recabados por el Centro de Gestión de Denuncias permitirán al Iapos la adopción de medidas correctivas aplicables de acuerdo al “Procedimiento y Régimen Sancionatorio” estipulado en los convenios con las entidades prestadoras.
MEDIDAS
Asimismo y, en base a la información obtenida, en el mes de diciembre se realizara la revisión y actualización de los padrones de prestadores, reservándose el derecho de incluir o excluir a los profesionales y entidades de acuerdo al cumplimiento que estos hagan del compromiso asumido en las declaraciones juradas presentadas en la obra social.
PRÁCTICAS ABUSIVAS
En atención a la asimetría en la que se encuentra el afiliado frente a los profesionales de la medicina o efectores de salud, se enuncian a continuación las conductas de los prestadores que pueden clasificarse como prácticas abusivas:
>> Efectuar discriminaciones negativas en la atención de los afiliados del Iapos, mediante diferimiento de turnos, esperas injustificadas o negativas de atención, con respecto a pacientes pertenecientes a otras obras sociales o prepagas, o que afronten el pago efectivo de las prestaciones recibidas.
>> Cobrar, proponer, convenir y/o exigir el pago de “plus” o suma de dinero por prácticas que se encuentran incluidas en la cobertura.
>> Condicionar la atención o realización de una prestación futura al pago de sumas de dinero por parte del afiliado en prestaciones incluidas en la cobertura de la obra social.
>> Solicitar más de una orden de consulta o mayor cantidad de bonos asistenciales a los que correspondan por la prestación brindada.
>> Prescribir reiteradamente medicamentos por fuera del Formulario Terapéutico de la obra social, solicitar prácticas o elementos médicos no comprendidos en la cobertura establecida por el Iapos o fuera de los protocolos aprobados por el Instituto, que previamente no hayan sido autorizadas por la obra social y Desarrollar conductas de mal trato o mala atención al afiliado, contrarias al trato digno.
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