No enviarán más listas para integrar jurados en los concursos. Volvieron a impugnar el mecanismo de selección y la mora en cubrir vacantes.
Unos 200 colegiados participaron en la reunión del viernes, y requirieron al gobernador la institucionalización del órgano.- Foto:Guillermo Di Salvatore
El Colegio de Abogados de Santa Fe resolvió retirar las listas de jurados aportadas desde la institución al Consejo de la Magistratura para los concursos de selección de magistrados, en disconformidad con el sistema implementado y a la luz de la gran cantidad de vacantes que se verifican en la primera circunscripción.
En una asamblea extraordinaria de la que participaron unos 200 colegiados, se remarcó que el mecanismo vigente, “que de ningún modo ha sido consensuado con los Colegios, ha generado demoras inexcusables en los concursos”. Y que tales demoras “lejos de ser razonables como lo han sostenido desde el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, agravan el perjuicio que provocan la gran cantidad de juzgados vacantes que posee la Primera Circunscripción”.
En razón de ello, la organización resolvió no enviar nuevas listas y solicitar al secretario de Justicia que a partir de la notificación respectiva no considere las listas mencionadas para los próximos sorteos.
A los efectos de que esta decisión no se tome como un obstáculo a la prosecución de los concursos en trámite, el Colegio consignó que seguirá participando en todas las reuniones a las que sea convocado, aportando ideas y/o propuestas relativas a la integración y funcionamiento del Consejo de la Magistratura. Y que la decisión del retiro de los jurados quedará sin efecto a partir del momento en que se resuelva “institucionalizar” el Consejo de la Magistratura y se derogue el decreto 3.904/12.
En este sentido se aprobó “requerir al gobernador de la provincia que dé rango institucional al Consejo de la Magistratura Provincial, para garantizar una verdadera autolimitación en la designación de magistrados, constituyéndose como un órgano integrado por los sectores del quehacer judicial con real poder de decisión y no como meros aportantes de jurados examinadores, cuyas funciones consistan en seleccionar mediante concursos públicos los candidatos para cubrir las vacantes”. Y, en consonancia con ello, “la derogación del decreto 3.904/12, que eliminó el orden de méritos entre los concursantes y lo suplantó por un listado alfabético integrado por todos los que superen el puntaje mínimo requerido en los concursos”.
Mora judicial
Con respecto al “servicio de justicia y mora judicial” se “resolvió ratificar todo lo actuado por el directorio del Colegio hasta la fecha y facultarlo para que siente una posición institucional a través de una solicitada en los medios respecto al estado actual de crisis que atraviesa el Servicio de Justicia en la Primera Circunscripción Judicial, denunciando los numerosos cargos vacantes, la demora en su cobertura, la mora injustificada en el dictado de sentencias y despacho diario, la fijación de audiencias en plazos desmesurados y las serias falencias edilicias que afectan tanto al justiciable, al personal judicial como a los abogados”.
En el mismo orden quedó establecido que el directorio del colegio patrocinará los pedidos de pronto despacho que sean necesarios interponer en las causas donde legalmente corresponda mientras se analice la creación de un “procurador colegial”.
Con el fin de evitar generalizaciones respectos de los juzgados morosos, se efectuarán denuncias concretas respecto a aquellos que incurran en mora injustificada; aprobándose además la presentación de la problemática a la Corte, al procurador de la Corte, Ministerio de Justicia, exigiéndoles urgentes soluciones y el estricto cumplimiento de las normas, particularmente de la LOPJ el art. 213 inc. 4), relativa “al deber de asistir el tiempo que sea necesario para cumplir al día sus funciones”.
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