Será una contribución para evitar la malnutrición. Con las acciones se trata de mejorar la calidad de los productos que se comercializan en las escuelas y de fomentar un cambio de hábitos en el consumo de alumnos, docentes y cantineros. El Proyecto de Ordenanza fue elaborado por el presidente del Concejo, Leonardo Simoniello, y la concejala Fanny Jara.
El Concejo Municipal aprobó esta tarde una Ordenanza en la que se persigue “tutelar y proteger la salud de la población infantil y adolescente, en términos de alimentación saludable, que imparten enseñanzas de educación inicial, primaria y secundaria”. A partir de ahora, el Ejecutivo y el Concejo Municipal podrán instrumentar los programas y mecanismos de promoción en las escuelas y en cantinas escolares a fin de fomentar una alimentación saludable y prevenir enfermedades relacionadas a la malnutrición por excesos -sobrepeso y obesidad-, deficiencia de macro y micro nutrientes, también denominada desnutrición oculta. La iniciativa fue presentada por el presidente del Concejo, Leonardo Simoniello, y la concejala Fanny Jara (FPCyS-UCR), y contó con el acompañamiento del resto de sus pares.
Según se determinó, las autoridades de aplicación de la presente Ordenanza serán la Secretarías, de Salud y de Educación del Gobierno de la Ciudad, y el Programa de Seguridad Alimentaria dependiente de la Secretaría de la Producción Municipal. De este modo, el Ejecutivo podrá suscribir los convenios necesarios con Universidades y con los Ministerios, de Educación y Salud de la Provincia, para diversificar y mejorar la calidad de los productos que se comercializan en las cantinas escolares y para promover un cambio de hábitos en el consumo de alumnos, docentes y cantineros. En tanto, se creará una Comisión Consultiva integrada por O.N.Gs, Universidades, Colegio de Nutricionistas, Colegio de Médicos y Federación de Cooperadoras.
“El ámbito adecuado”
En referencia al tema, Leonardo Simoniello destacó que “se trata de un proyecto que decide por primera vez involucrar al Municipio con las cantinas que están en las escuelas de nuestra ciudad. Son establecimientos que no se encuentran regulados por la Provincia, el Municipio o la Escuela. Desde hoy, y a partir de esta Ordenanza, lo que intentamos es que exista una política para generar conductas de alimentación saludable dentro de los establecimientos que se encuentran en las escuelas”. El Presidente del Cuerpo recordó que “hace tiempo venimos insistiendo con que las cantinas no pueden ser los quioscos que ofrezcan lo que el mercado sugiere, sino que tienen que ser verdaderos lugares que sirvan para la concientización sobre una mejor alimentación”, aseveró Simoniello.
Por su lado, la concejala Fanny Jara explicó en el Recinto que “esta Ordenanza tiene como finalidad promocionar la salud a través de la alimentación saludable en niños, niñas y adolescentes que concurren a establecimientos educativos porque como todos conocemos es en esta etapa donde los fenómenos más importantes son el crecimiento y el desarrollo de las personas”. La Concejala radical continuó diciendo que “en este Cuerpo se aprobó el año pasado el Decreto Nº 654 que establece el Programa de Difusión y Concientización sobre Alimentación Saludable, entre cuyos objetivos se destacan los de organizar y elaborar actividades para implementar estrategias inherentes a la alimentación saludable y lograr un trabajo en conjunto entre actores de la sociedad civil especializados en el tema, instituciones educativas y el Estado. A partir de este decreto se organizaron actividades que culminaron con un Foro de discusión donde se debatieron temas relacionados con la alimentación saludable, incluida la alimentación escolar de los niños”.
Objetivos
Los ejes planteados serán para ejecutar acciones tendientes a mejorar el estado nutricional de niños, niñas y adolescentes que asisten a establecimientos educativos de la ciudad; velar por que los alumnos para que puedan y tengan la posibilidad de incorporar alimentos nutritivamente adecuados a su edad de crecimiento y desarrollo; contribuir a la Educación Alimentaria Nutricional (E.A.N) a fin de promover hábitos alimentarios saludables en toda la población; brindar opciones de alimentos, productos alimentarios, bebidas nutritivamente adecuadas a la edad de crecimiento y desarrollo, en todas las cantinas o quiscos existentes en los establecimientos, incluyendo la venta de alimentos protectores, reguladores y energéticos. Además, se deberá incorporar como obligatorio el expendio de alimentos aptos para el consumo de dietas especiales -celíacos, diabéticos, intolerancia, etc.-; y arbitrar las medidas conducentes a fin de evitar que se expendan alimentos, productos alimentarios y bebidas de escaso valor nutritivo o cuyo aporte principal esté constituido por calorías vacías que contengan un alto porcentaje de azúcares simples, grasas totales, grasas saturadas o sustancias denominadas trans.
Listados de alimentos
Por otra parte, se aclaró que la autoridad de aplicación confeccionará un listado de alimentos saludables que, de acuerdo a sus características nutricionales resulten adecuados a la edad de crecimiento y desarrollo, como así también aptos para dietas especiales, los que se podrán expender en los establecimientos educativos de la ciudad de Santa Fe. El mismo deberá actualizarse dos veces al año, atendiendo las características de la época invernal y estival.
Asimismo, la autoridad de aplicación determinará un listado de alimentos, grupos de alimentos, productos alimentarios o bebidas cuyo aporte principal esté constituido por calorías vacías o que contengan un alto porcentaje de azúcares simples o grasas totales, grasas saturadas o sustancias denominadas trans, y que pos sus condiciones y características no deberán venderse, expenderse, exhibirse, difundirse, o promocionarse.
De este modo, se iniciarán las gestiones pertinentes ante empresas, cámaras de comerciantes o productores, fabricantes o comercializadores alimentos, grupo de alimentos o productos alimentarios y de bebidas, a fin de posibilitar la comercialización de productos saludables, a un precio razonable así como incorporar tecnología o procesamientos que mejoren la manipulación de los mismos.
Cantinas escolares
Por otra parte, se realiza un apartado especial para las denominadas “cantinas”, aquellos lugares ubicados dentro de los establecimientos educativos destinados a la comercialización de alimentos.
Aquí se especifica que las cantinas deberán exhibir en un lugar visible los listados de alimentos saludables, así como también instructivos y guías explicativas acerca de una alimentación adecuada para vivir con salud, sin perjuicio de la existencia de otros mensajes o información al respecto para ser aplicados a los fines educativos bajo la dirección pedagógica adecuada.
Finalmente, el Ejecutivo determinará los mecanismos administrativos pertinentes, a los efectos de revelar y registrar las cantinas existentes en el ejido municipal con el objeto de incorporar a sus actividades los preceptos y disposiciones de la Ordenanza.
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