La Cámara de Casación Penal aún
no se expidió sobre la apelación del Ministerio Público Fiscal al
permiso de salidas transitorias. Los querellantes opinaron que se
“desnaturalizó” el beneficio.
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El 29 de diciembre pasado, el mismo Tribunal Oral Federal
que condenó en diciembre de 2009 a seis represores santafesinos –entre
los que se encuentran el ex Juez Federal Víctor Brusa, el ex policía y
empleado municipal Eduardo El Curro Ramos y la guardiacárcel María Eva
Aebi– realizó un cómputo inédito y benefició a los nombrados con la (ya
derogada) ley “del dos por uno”, aplicando el principio de
retroactividad de la ley más benigna.
A menos de dos años de haber dictado la sentencia, los conjueces, Carlos Renna, Andrea Alberto de Creus y Roberto Manuel López Arango (de Paraná) computaron cada día de la prisión preventiva de 2005 al 2009 como doble y también los días de prisión transcurridos luego de la condena por ellos firmada, ya que fue apelada y no está firme todavía. En consecuencia, consideraron cumplida la mitad de la pena y los tres represores pasaron el fin de año en su casa.
La medida, que en forma inmediata fue apelada por el fiscal federal Martín Suárez Faisal y que ahora es analizada por la Cámara de Casación Penal, continúa despertando fuertes críticas. A nivel nacional, uno de los que se había expresado en contra de la decisión fue el coordinador del Programa Verdad y Justicia, dependiente del ministerio de Justicia de la Nación, Juan Valera Laterrade: “el Tribunal demuestra, o bien ignorancia de la ley o bien una clara voluntad de su violación”, había dicho.
Y la respuesta de los conjueces, ofuscados, no tardó en llegar. El Tribunal Oral de Santa Fe solicitó al ministro de Justicia de la Nación, Julio Alak, que se pronuncie respecto de las declaraciones de Valera Laterrade, a las que calificaron como una “intolerable intromisión de un funcionario del poder Ejecutivo en decisiones de un Tribunal de la Nación”.
Mientras tanto, las voces a nivel local continúan exponiendo la “desagradable sorpresa”, que generó la noticia e instan a una “expeditiva” resolución de la Cámara de Casación Penal que revierta la medida y revoque el beneficio.
“No tiene antecedentes, es absolutamente desmesurado. Esperamos una inmediata corrección de Casación. No se le ha concedido a los responsables de ningún tipo de delitos en la Argentina, es inaudito que se aplique para los responsables de los delitos más graves que se han cometido en el país”, indicó el abogado querellante Guillermo Munné.
Desplazarse libremente
Según se detalla en la resolución de los jueces, las salidas transitorias de Aebi, Brusa y Ramos son quincenales y el traslado a sus domicilios es realizado por personal penitenciario o policial “de modo que no puedan alterar el trayecto ni desplazarse libremente (...) a fin de preservar la seguridad de las víctimas y testigos de la causa”.
Sin embargo, para los querellantes y testigos de la causa Brusa, ninguna de esas medidas de seguridad son suficientes. En este sentido, recordaron que en Santa Fe, en 2007 se debió revocar la prisión preventiva y domiciliaria del suboficial del Ejército, Nicolás Correa porque la violaba sistemáticamente y destacaron la reciente decisión del Tribunal Federal Oral número 2 (Rosario) que revocó la prisión domiciliaria de Ramón Genaro Díaz Bessone, por incumplir con las reglas impuestas al concederse la prisión domiciliaria.
A menos de dos años de haber dictado la sentencia, los conjueces, Carlos Renna, Andrea Alberto de Creus y Roberto Manuel López Arango (de Paraná) computaron cada día de la prisión preventiva de 2005 al 2009 como doble y también los días de prisión transcurridos luego de la condena por ellos firmada, ya que fue apelada y no está firme todavía. En consecuencia, consideraron cumplida la mitad de la pena y los tres represores pasaron el fin de año en su casa.
La medida, que en forma inmediata fue apelada por el fiscal federal Martín Suárez Faisal y que ahora es analizada por la Cámara de Casación Penal, continúa despertando fuertes críticas. A nivel nacional, uno de los que se había expresado en contra de la decisión fue el coordinador del Programa Verdad y Justicia, dependiente del ministerio de Justicia de la Nación, Juan Valera Laterrade: “el Tribunal demuestra, o bien ignorancia de la ley o bien una clara voluntad de su violación”, había dicho.
Y la respuesta de los conjueces, ofuscados, no tardó en llegar. El Tribunal Oral de Santa Fe solicitó al ministro de Justicia de la Nación, Julio Alak, que se pronuncie respecto de las declaraciones de Valera Laterrade, a las que calificaron como una “intolerable intromisión de un funcionario del poder Ejecutivo en decisiones de un Tribunal de la Nación”.
Mientras tanto, las voces a nivel local continúan exponiendo la “desagradable sorpresa”, que generó la noticia e instan a una “expeditiva” resolución de la Cámara de Casación Penal que revierta la medida y revoque el beneficio.
“No tiene antecedentes, es absolutamente desmesurado. Esperamos una inmediata corrección de Casación. No se le ha concedido a los responsables de ningún tipo de delitos en la Argentina, es inaudito que se aplique para los responsables de los delitos más graves que se han cometido en el país”, indicó el abogado querellante Guillermo Munné.
Desplazarse libremente
Según se detalla en la resolución de los jueces, las salidas transitorias de Aebi, Brusa y Ramos son quincenales y el traslado a sus domicilios es realizado por personal penitenciario o policial “de modo que no puedan alterar el trayecto ni desplazarse libremente (...) a fin de preservar la seguridad de las víctimas y testigos de la causa”.
Sin embargo, para los querellantes y testigos de la causa Brusa, ninguna de esas medidas de seguridad son suficientes. En este sentido, recordaron que en Santa Fe, en 2007 se debió revocar la prisión preventiva y domiciliaria del suboficial del Ejército, Nicolás Correa porque la violaba sistemáticamente y destacaron la reciente decisión del Tribunal Federal Oral número 2 (Rosario) que revocó la prisión domiciliaria de Ramón Genaro Díaz Bessone, por incumplir con las reglas impuestas al concederse la prisión domiciliaria.
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