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viernes, 24 de febrero de 2012

SANTA FE: Misa en homenaje a Edgardo Storni: fuerte controversia y rechazo de los santafesinos

La convocatoria realizada por el presidente de la Conferenciar Episcopal Argentina y actual arzobispo de Santa Fe, genera un amplio rechazo en la feligresía local. Consideran que el ex obispo no merece un oficio religioso en su honor en la Catedral.

 

Una “contradicción a los principios católicos”, una manera de “ocultar lo que pasó”, fueron algunas de las expresiones que utilizaron santafesinos consultados por Diario UNO para expresar su opinión sobre la misa que organizó monseñor José María Arancedo, para este próximo domingo, “por el eterno descanso” y en memoria del ex arzobispo de Santa Fe, Edgardo Storni, fallecido el lunes pasado, a los 75 años, en la ciudad cordobesa de La Falda.

Entre los testimonios, la balanza se inclinó en forma desigual y predominó el desconcierto: “¿Qué se le va a reconocer?”, cuestionaron algunos. Otros, más tajantes, se mostraron molestos con la decisión de realizar la ceremonia y opinaron que es una “actitud típica de la Iglesia cubrir los errores en lugar de reconocerlos y procurar que no vuelvan a ocurrir”.

Por el contrario, quienes fueron más laxos con la crítica, opinaron que “todo el mundo merece el perdón”, que “será Dios el que juzgue”, o “estamos en democracia y cada uno puede opinar como se le parezca”. Sin embargo, ninguno reconoció su intención de presenciar la ceremonia que tendrá lugar el domingo a las 20, en la Catedral.

A finales de 2009, la jueza de Sentencia de la Segunda Nominación, María Amalia Mascheroni, condenó a Storni a ocho años de prisión, por la agresión sexual al ex seminarista Rubén Descalzo ocurrido en 1992.

En disidencia
En un tramo de su fallo, la jueza Mascheroni fundamentó que “queda claro que es Edgardo Gabriel Storni quien llevó a cabo los actos de ejecución de ese delito, en ejercicio del cargo de arzobispo de la Arquidiócesis de Santa Fe de la Vera Cruz”. La magistrada concluyó que “quedó demostrado, con la cantidad de testimonios arrimados a la causa, las situaciones anómalas, irregulares y perjudiciales para los seminaristas en los claustros”.

El año pasado, la Sala IV de la Cámara de Apelación Penal anuló la condena con dos votos a favor: de Sebastián Creus y Roberto Prieu Mántaras, mientras que Ramón Sobrero votó en disidencia.

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