Lo hizo en un sumario administrativo y tras ser sobreseído en la Justicia por contrabando. El ente recaudador descartó que hubiera infracción aduanera porque el juez no ocultó la joya al ingresarla al país y no tuvo ánimo de comercializarlo. Sigue en pie una causa por cohecho en el Consejo de la Magistratura.
Infobae |
La catarata de problemas que se le presentaron al juez federal Norberto Oyarbide por portar un lujoso anillo, cuya procedencia se puso en duda, uno a uno se van cayendo y quedando en el olvido. Luego de que sea sobreseído por la Justicia en una investigación por contrabando, a raíz del ingreso de la joya vía Uruguay que no había sido declarada, ahora la AFIP-Aduana determinó que tampoco cometió una infracción aduanera y rechazó una denuncia en sede administrativa en su contra.
La única causa que sigue en pie contra Oyarbide por el anillo es aquella otra que tiene a su cargo el juez Sergio Torres quien lo investiga por supuesto cohecho por la procedencia de la joya.
En diciembre de 2013 el juez en lo penal económico Alejandro Catania sobreseyó a Oyarbide por el delito de contrabando. Entendió el juez que –según una pericia oficial- la joya tendría un valor que oscila entre los 60 y 70 mil pesos, y que no supera los 100 mil a partir del cual podría tratarse de un hecho que configure contrabando.
En esa resolución el juez Catania, no obstante, pidió que la Dirección General de Aduanas analice en
sumario administrativo si hubo o no una infracción aduanera por parte de Oyarbide.
sumario administrativo si hubo o no una infracción aduanera por parte de Oyarbide.
El juez obtuvo la joya en consignación en diciembre de 2011 en "Simonetta Orsini Joyeros" en Punta del Este, Uruguay. En el diario La Nación, una publicación daba cuenta que Oyarbide habría dicho a sus empleados que por el anillo había pagado 250.000 dólares.
Desestiman la denuncia por infracción aduanera, pero sigue la de posible cohecho
Desestiman la denuncia por infracción aduanera, pero sigue la de posible cohecho
El hecho originó que se denunciara a Oyarbide por cohecho, pues según ese trascendido periodístico el juez habría confiado que compró el anillo pagando con regalosque le habían hecho durante los últimos cinco años; y se le iniciara un pedido de juicio político en el Consejo de la Magistratura que aún está en trámite.
En una resolución de la AFIP de junio pasado, y a la que Infobae accedió, el organismo concluyó que Oyarbide "no sustrajo de control aduanero alguno la mercadería, ya sea ocultando o disimulando, mediante ardid o engaño o en alguna de las modalidades especiales de contrabando". Para eso tuvieron en cuenta que el juez aportó la joya al abrirse la causa penal, y que Martín de Leeuw, de la joyería "Simonetta Orsini", quien declaró que el valor de la joya era de 7.500 dólares y que eso era el valor acordado en caso que el juez lo quisiese comprar finalmente.
Además, la AFIP tuvo en cuenta que el régimen de equipaje "se caracteriza por su inmediatez y su celeridad" y que la revisión aduanera del mismo "no puede prolongarse en el tiempo y espacio". Esto es que el anillo no fue detectado cuando entró a la Argentina sino que lo fue mucho tiempo después sin conocerse detalles de su ingreso.
Para la AFIP, Oyarbide "no sustrajo de control aduanero alguno la mercadería"
Para la AFIP, Oyarbide "no sustrajo de control aduanero alguno la mercadería"
También se explicó en la resolución, la cual lleva la firma del jefe de procedimientos legales aduaneros, que para que haya ilícito se deben dar tres condiciones: la tenencia de la mercadería, los fines de comercio o industrialización y la falta de acreditación de la legítima introducción al país.
En ese sentido, en el caso aseguran que no "hubo finalidad comercial en cuanto a la tenencia del anillo. "Por tal motivo su conducta carece de un elemento trascendental para su configuración resultando atípico el hecho investigado", concluyó el organismo recaudador.
"No corresponde imponer sanción alguna relativa a las transgresiones al régimen de equipaje, ni por aquellas relativas a la tenencia injustificada de mercadería de origen extranjero con fines comerciales o industriales", dispuso la AFIP.
En esa resolución otorgaban al juez 20 días de plazo para que defina su situación, esto es por la compra del anillo y pagar los tributos por la importación, o bien devolverla.
Tras ser desvinculado de uno de los procesos judiciales en su contra y el sumario en Aduana, ahora al juez resta que se le defina la otra causa judicial por cohecho, que aún sigue su curso, y el pedido que hizo el senador de la UCR Mario Cimadevilla para que se lo lleve a juicio político algo que aún tiene pendiente resolver el plenario del Consejo de la Magistratura.
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