Por el cambio en el Código Fiscal, la Secretaría de Ingresos Públicos suma poder de fuego para controlar a los contribuyentes. El Secretario de Ingresos Públicos de Santa Fe, Sergio Beccari, explicó que este paquete antievasión es el nuevo capítulo de una secuencia de medidas de control tomadas durante los últimos dos años, que incluyeron la intensificación de los procedimientos de verificación rápida, los operativos rastrillos y las intimaciones a los agentes de retención.
La Capital |
En pocas semanas, los inspectores de la Administración Provincial de Impuestos (API) saldrán a la calle para realizar los operativos de fiscalización tributaria que se tornaron periódicos a partir de 2010. Pero esta vez lo harán con mayor poder de fuego, a partir de un cambio en la normativa que le brinda al fisco nuevas herramientas de procedimiento, a la vez que eleva las multas y sanciones a evasores y elusores de tributos provinciales.
El secretario de Ingresos Públicos de Santa Fe, Sergio Beccari, explicó que este paquete antievasión es el nuevo capítulo de una secuencia de medidas de control tomadas durante los últimos dos años, que incluyeron la intensificación de los procedimientos de verificación rápida, los operativos rastrillos y las intimaciones a los agentes de retención.
"Ahora sumamos sanciones más graves, procedimientos más ágiles y la posibilidad, que se abre a partir de la reforma a la ley penal tributaria, de avanzar en la denuncia penal contra los evasores", señaló.
Reforma. Las nuevas herramientas nacieron del cambio del Código Fiscal de la provincia. Este conjunto normativo escrito en 1948, fue reformado al cabo de un año de trabajo conjunto con las universidades y colegios de abogados y contadores de la provincia. A mediados de 2012 fue aprobado por la Legislatura y en noviembre entró en vigencia.
Beccari indicó que, al mismo tiempo que se perfeccionan instrumentos que garantizan el derecho a la defensa de los contribuyentes, esta reforma ofrece mecanismos más ágiles y severos de fiscalización.
Clausuras y multas. Por el lado de los procedimientos, otorga más facultades para clausurar, instruir sumarios y dictar medidas de aseguramiento. Por el lado de las sanciones, establece la posibilidad de aplicar multas más altas y efectivas. Algunas de las nuevas medidas son:
• Se agravan las penas por defraudación por parte de contribuyentes, responsables, agentes de retención, percepción y recaudación.
• Se incorporan a los agentes de retención y percepción como sujetos pasibles de infracción en la omisión de impuestos. Así, se les podrán aplicar multas de hasta el 100 por ciento del monto de la obligación emitida cuando no presenten la declaración jurada.
• Se ajusta la reglamentación de la clausura de comercios.
• Se actualizan las multas por infracción a los deberes formales, establecidos ahora entre 150 y 2.500 pesos.
• Se incorporan supuestos de incumplimiento de deberes formales con multas de hasta 10 mil pesos.
• La omisión de declaraciones juradas será sancionada con una multa de 400 pesos.
• Se establece la instrucción de los sumarios previo a la aplicación de sanciones por infracciones.
• Se instrumenta el instituto de consulta vinculante.
• La Administración Provincial de Impuestos podrá declarar cuál es el domicilio fiscal de un contribuyente a los efectos de hacer válida la notificación que genera el hecho impositivo. Esta modificación apunta a evitar los "malos entendidos" derivados de la existencia de sociedades con varios domicilios.
Beccari destacó que el nuevo código permite también trabar medidas de aseguramiento de bienes por la presunta deuda del contribuyente, en los casos en los antecedentes y su conducta fiscal indiquen que esas medidas cautelares sean necesarias.
Ley penal tributaria. Otra herramienta importante para mejorar el control fiscal surge de los cambios a la legislación nacional.
Con la reforma de la ley penal tributaria sancionada en 2011, las provincias quedaron facultadas para denunciar penalmente ante el fuero tributario a los evasores de impuestos de su jurisdicción. "Antes se podían aplicar multas y ajustes y se hacía una denuncia penal ordinaria, pero ahora se puede acudir al fuero tributario", señaló el secretario de Ingresos Públicos.
Lavado. La pérdida de recaudación por evasión y la elusión de Ingresos brutos, el impuesto provincial que más recursos genera, se acerca al 25 por ciento. Las nuevas medidas apuntan a mejorar el cumplimiento impositivo en general, pero el fisco pondrá énfasis en ese gravamen. Pero también apunta a articular acciones que contribuyan al combate de las economías delictivas y el lavado de dinero.
Beccari explicó que estas estrategias de control se diseñan en coordinación con el área de delitos complejos del Estado provincial.
El funcionario enfatizó la importancia que desde su dependencia le dan a otra pata de la administración tributaria, que es la formación de una "cultura tributaria" que apunte a "generar conciencia" en torno de la idea de que "el que paga los impuestos no es un tonto sino alguien que contribuye a sostener servicios esenciales para la comunidad".
Programa educativo. Junto con el anuncio del incremento de las multas y sanciones, se realizará una campaña para reforzar esta consigna, que apunta a reforzar el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales. Por la última ley de moratoria se ordenó la puesta en marcha de un programa de educación cívico-tributaria.
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