Fue luego de la reunión que mantuvieron este jueves los camaristas Santiago Corcuera y Alberto Dalla Via con los jueces María Servini, Jorge Morán y Fernando Posse Saguier, integrantes de la Junta Electoral Nacional de la Capital Federal
Tras reunirse este jueves con los integrantes de la Junta Electoral Nacional de la Capital Federal –Dra. María R. Servini, Jorge Morán y Fernando Posse Saguier- con el fin de precisar aspectos organizativos de la segunda vuelta electoral convocada para el 22 de noviembre, que si bien no concluyó el escrutinio definitivo por razones de tiempo y previsibilidad, la Cámara Nacional Electoral dictó la Acordada N° 136/15 que entre otras cuestiones, adopta las siguientes medidas:
•Se utilizarán los modelos de boletas oficializadas para la elección del pasado 25 de octubre en lo que respecta a la sección presidencial de las dos agrupaciones políticas contendientes, con la supresión de la fecha de aquel acto electoral o la sustitución de esa referencia por la fecha del 22 de noviembre de 2015. La Junta Electoral de Capital Federal establecerá la recepción de las boletas y llevará adelante la verificación correspondiente.
•Se utilizará el mismo padrón, se mantendrán los mismos establecimientos de votación y las mismas mesas que estarán a cargo de las mismas autoridades de mesa (a excepción de las que fueran reemplazadas por la Junta Electoral Nacional). En relación con los espacios de publicidad de campaña y las normas que regulan su financiamiento, el Tribunal requirió a la Dirección Nacional Electoral del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación que adopte las previsiones necesarias para la asignación de espacios en emisoras de radiodifusión y televisión, de aportes públicos para la campaña y para la impresión de las boletas de votación; y la implementación de las medidas dispuestas para el acto electoral del pasado 25 de octubre.
En lo que respecta al cronograma electoral para esta eventual segunda vuelta se fijó entre otras cuestiones, el comienzo de la prohibición de actos de gobierno susceptibles de promover la captación del sufragio, fin del plazo para que la Asamblea Legislativa comunique los resultados definitivos, la fecha límite para ratificar ante la J.E.N. de Capital Federal la decisión de presentarse a la segunda vuelta, fin de la campaña electoral y comienzo de la veda electoral, entre otros.
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