Desde las 8 están prohibidos los actos públicos de proselitismo y difundir encuestas, entre otras cosas. Los precandidatos realizaron sus cierres de campaña. ¿Qué prohibiciones establece el Código Electoral?.
Diario UNO |
Después de un mes de intensa campaña, con denuncias y acusaciones cruzadas de todo tipo, las fuerzas políticas que competirán este domingo en las Primarias, Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO) ingresaron desde las ocho de la mañana de este viernes en el período de veda electoral.
Qué dice el Código Electoral
Con el fin de asegurar el normal desarrollo de los comicios, el Código Electoral Nacional establece la prohibición de realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales. También está prohibida la emisión y publicación de avisos publicitarios en medios televisivos, radiales y gráficos con el fin de promover la captación del voto del elector. Pero la campaña por redes sociales, puede continuar.
Además, durante el acto electoral y hasta tres horas después de su finalización se prohíben los espectáculos populares al aire libre como en recintos cerrados; las fiestas teatrales y deportivas, como toda clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral.
Al igual que en otras elecciones, se suspenderá el expendio de bebidas alcohólicas a partir de las 0 del domingo, que es la hora en que también se corta cualquier tipo de actividad pública y masiva. En bares o restaurantes tampoco se puede vender alcohol.
Asimismo, los ciudadanos que no la respeten podrán ser denunciados por violación al Código Electoral y sancionados, si la Justicia comprueba la falta.
Qué se vota y quiénes vota
Las elecciones primarias son obligatorias y en ellas se eligen a los candidatos que participarán de las elecciones generales del próximo 25 de octubre en las categorías de presidente (luego se elige el vice), gobernadores, diputados nacionales y senadores, y parlamentarios del Mercosur.
Deben votar todos los ciudadanos nativos, de ambos sexos, desde los 16 años de edad, con domicilio en el distrito y los argentinos naturalizados/as desde los dieciocho años de edad, no imponiéndose sanción al elector menor de dieciocho años que no emita su voto.
También pueden participar de las elecciones locales los extranjeros y extranjeras desde los 16 años de edad, que se hayan inscripto previamente en el Registro de Electoras y Electores Extranjeros de la Ciudad. En total hay 2.553.181 electores habilitados.
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