De acuerdo a la norma, se pidió al Ministerio de Seguridad la inmediata apertura de la convocatoria a incorporación del personal policial en situación de retiro. Es de carácter voluntario.
Diario UNO |
El gobernador de la provincia de Santa Fe, Antonio Bonfatti, firmó ayer el decreto N° 1650/14 para la incorporación de personal policial retirado. De acuerdo a la norma, se encomienda al Ministerio de Seguridad la inmediata apertura de la convocatoria a incorporación del personal policial en situación de retiro en los términos previstos en la Ley Nº 13409.
La convocatoria tendrá carácter voluntario y significará la reincorporación plena a la carrera policial.
Por otra parte, el personal que fuere reincorporado al servicio de la policía conforme a este régimen cesará de percibir los haberes provenientes de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Santa Fe. El Ministerio de Seguridad notificará a la Caja los cambios en la situación de revista, no siendo exigible al afiliado la denuncia del Art. Nº 64 de la Ley 6915.
REQUISITOS
Los requisitos mínimos para aspirar a la reincorporación serán los siguientes:
>> Haber pasado a retiro por disposición del Poder Ejecutivo desde el año 2006 a la fecha.
>> Ostentar jerarquía perteneciente a los agrupamientos Ejecución o Coordinación.
>> Tener a la fecha de solicitud de reincorporación 58 años de edad como máximo y pertenecer al Escalafón General, Subescalafón Seguridad.
>> No haber pasado a retiro en forma obligatoria por cualquiera de las causales previstas en los artículos Nº 13 y Nº 15 de la Ley 11530 -de retiros-, con excepción de aquellas consignadas en el inc. a) del Art. 13 y en el punto 8 del Art. 15.
>> Aprobar el examen psicofísico que dispondrá el Instituto de Seguridad Pública (ISEP) contemplando las habilidades requeridas para los puestos a cubrir, el cual operará como examen psicofísico de reingreso a la Administración Pública Provincial.
>> Superar las pruebas de actualización en conocimientos y destreza física que se dispongan al efecto, entre las cuales se deberán contemplar específicamente la necesaria acreditación de idoneidad en el manejo de armas.
Los que resulten reincorporados ingresarán con la jerarquía ostentada al momento del retiro, percibiendo a partir de ese momento el haber correspondiente al del agente en actividad en dicha jerarquía, incluyendo los suplementos por “riesgo profesional” y “dedicación especial”.
Los que resulten reincorporados ingresarán con la jerarquía ostentada al momento del retiro, percibiendo a partir de ese momento el haber correspondiente al del agente en actividad en dicha jerarquía, incluyendo los suplementos por “riesgo profesional” y “dedicación especial”.
El gobierno de Santa Fe dispuso también que quienes resulten reincorporados perciban el pago mensual de una compensación monetaria de carácter remunerativo y no bonificable de $3.000, la que quedará sujeta a las variaciones que se dispongan por política salarial.
Además podrán presentarse a los concursos ordinarios de ascenso, en tanto cumplan con las condiciones establecidas en la Ley 12521. A los efectos de establecer el tiempo de permanencia en la jerarquía pertinente se computarán, en los casos que correspondiere, los años de servicio prestados entre el último ascenso obtenido y la fecha de retiro.
Por otra parte, el gobierno también dispuso que el personal policial que cumplimente 18 meses de servicio efectivo a partir de su fecha de reincorporación y supere la evaluación que al efecto se efectúe, tramitará un ascenso extraordinario a la jerarquía inmediata superior que reconozca la valiosa actitud de colaboración demostrada por el agente para con el plan de seguridad democrática en marcha.
LOS QUE NO PUEDEN INGRESAR
La norma estipula que no podrán ingresar las siguientes personas:
>>El condenado por la justicia nacional o provincial, haya o no cumplido la pena impuesta.
>>El procesado ante la justicia nacional o provincial, hasta que obtenga sobreseimiento definitivo o absolución, con la aclaración que el proceso no afecta su buen nombre y honor.
>>El que registrara condena firme por contravenciones, aún cuando se haya perdonado el cumplimiento de la pena.-
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