La Cámara de Apelación de Circuito de Rosario condenó a una reconocida tienda de venta de calzados a resarcir con casi 10 mil pesos a un cliente al que le vendió un par de zapatos femenino fallado. Ante las dilaciones y los malos tratos recibidos al reclamar el cambio de mercadería, el cliente apeló a la ley de defensa del consumidor y obtuvo sentencia favorable.
La Capital |
Cuando Maximiliano P. decidió el 15 de octubre de 2010 comprar dos pares de zapatos en la sucursal de Grimoldi del Portal Rosario Shopping no imaginó terminar en semejante embrollo. Sobre todo porque los accesorios, de unos 400 pesos cada uno, serían destinados a su mamá y su mujer como ofrenda para el Día de la Madre.
Cuando su esposa decidió lucir el flamante calzado, una de las tiras de cuero presentó un desperfecto. Su marido llevó el objeto y reclamó la reparación, a la que el comercio accedió.
A los 15 días y al recibir nuevamente el zapato, supuestamente en condiciones, la mujer lidió una vez más con el mismo problema. Ya con los ánimos por el piso, hizo un nuevo reclamo a la firma, que remitió la mercadería a Buenos Aires donde supuestamente solucionaron la falla.
Pero parece que el calzado no estaba destinado a vestir a ninguna dama. Con el mismo desperfecto, el comprador se presentó en el comercio y solicitó una solución de fondo. A los 40 días fue convocado por el comercio, donde le informaron que el zapato tenía una falla de fábrica que impedía su reparación.
El encargado del local le comunicó que le reconocería el importe para adquirir un nuevo par, ya que no podía reemplazarlo por uno igual por falta de stock. "Desde un primer momento la atención no fue la que se le debe brindar a un cliente, ni las más elementales muestras de educación", se quejó el demandante. Y no encontró otra salida que iniciar reclamos formales ante la vulneración de sus derechos como consumidor. Envió carta documento y luego inició un expediente ante la Dirección General de Comercio Interior y Servicios.
"Adquirí un calzado como obsequio que no pudo ser utilizado por las fallas estructurales, que la demandada lo tiene en su poder y no me ha dado respuesta. No es la primera vez que adquiero una mercadería en Grimoldi que luego, debido a fallas, debo cambiar por otra", recordó Maximiliano en el juicio iniciado ante el Juzgado de Primera Instancia de Circuito.
La Justicia le dio la razón al cliente y condenó al comercio a abonarle 390 pesos en concepto de daño material, y mil pesos por daño punitivo. Pero el demandante apeló la sentencia por no estar de acuerdo con esa regulación económica: Y hace pocos días la Cámara de Circuito, integrada por Ricardo Netri, René Galfré y Ricardo Silvestri, se expidió sobre el asunto.
En esa instancia, el Tribunal de alzada agravó la pena. "Es una regla de oro en materia comercial —largamente sustentada en épocas pasadas y progresivamente dejada en desuso por buena parte del comercio actual— el eslogan: el cliente siempre tiene razón", remarcan los jueces en la sentencia.
Y dicen que ese precepto del buen comerciante, "al verse progresivamente puesto en desuso fue lo que hizo imperativa la sanción de la ley 24.240 de Defensa del Consumidor, que tiende a restablecer un principio ético comercial injustamente abandonado y a proteger al más débil (consumidor) de los abusos de comerciantes inescrupulosos".
En consecuencia, revocaron la sentencia de primera instancia y condenaron a la zapatería a resarcir al cliente con 1.500 pesos por daño moral, más 5.000 pesos por daño punitivo más los intereses desde la fecha de la compra, que alcanza una suma total de 10.000 pesos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario