Los Concejales dieron el visto bueno al Proyecto de Ordenanza presentado por el concejal Roberto Campanella. Se trata de un relevamiento de propiedades con destino a la construcción de viviendas y espacios verdes, o para uso comunitario, educativo, social, cultural y deportivo. Por otro lado, también se aprobaron modificaciones al Reglamento de Urbanizaciones y Subdivisiones.
Durante la Sesión de este jueves, el Concejo avaló la conformación de un “Banco de Tierras” integrado por los inmuebles que actualmente son de propiedad municipal, tanto de dominio público como privado, y por aquellos que se reciban o adquieran. La iniciativa fue elaborada por el concejal Roberto Campanella (Partido Justicialista) y se enmarca de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de Ordenamiento Urbano.
El fin de la propuesta es constituir una reserva y un relevamiento de tierras con destino a la construcción de viviendas o planes de viviendas; espacios verdes; espacios públicos de uso comunitario, educativo, social, cultural y deportivo; o para inmuebles afectados al Programa de Regularización Dominial dispuesto por la Ordenanza Nº 11.631. De acuerdo a lo señalado, el “Banco de Tierras” será administrado por el Ente Autárquico Santa Fe Hábitat: Agencia para el Desarrollo Social y Urbano, en base a la competencia atribuida por la Ordenanza Nº 10.382 y su modificatoria Nº 11.836.
“Este Proyecto de Ordenanza es de los que todos coincidimos que se trata claramente de una política de Estado, porque tiene que ver con el desarrollo urbanístico, el desarrollo de la ciudad y la urbanización ordenada de nuestra ciudad”, sentenció Campanella. Y agregó: “Quiero reconocer a mis pares en las distintas Comisiones por la severidad y la seriedad que le han puesto al tratamiento de este tema. El reglamento del ordenamiento urbano es una herramienta absolutamente imprescindible para llevar adelante la gestión del hábitat”, sostuvo.
“Desarrollo sustentable”
Roberto Campanella continuó remarcando que “los pilares de este Proyecto son el principio de la función social de la propiedad, el principio de llevar adelante un desarrollo sustentable en materia económica, y el principio de los intereses públicos prevalentes sobre intereses privados. En esto estamos coincidiendo en que hemos conseguido concentrar los intereses de toda la jurisdicción de este Programa y el voto unánime de este Cuerpo acompañándolo”.
En tanto, Noelia Chiementín (FPCyS-CCARI) destacó “la importancia para la ciudad de contar con un Banco de Tierras. Debemos trabajar con mucha conciencia, apoyando los proyectos que puedan acelerar el trabajo para lograr la vivienda propia. Es un gran proyecto para los santafesinos y también para aquellos que quieran venir a integrarse a la ciudad desde otras provincias”.
A su vez, el presidente del Bloque Radical, Ariel Rodríguez, consideró: “Estamos tratando un tema sumamente importante y muy de fondo para la gestión de una ciudad. Cuando era parte del Ministerio de Obras Públicas de la Provincia no existía la política de la creación de un Banco de Tierras, ni tampoco existía en el Municipio. Cualquier acción pública en materia de urbanización y de políticas de vivienda parte de la base de saber qué es lo que tenemos, dónde lo tenemos y poder planificar la adquisición de lo que necesitamos”.
Por su parte, Vanesa Oddi (FPCyS-PS) valoró que “este avance, a partir de la constitución de un Banco de Tierras, no sólo es esa idea de la vivienda sino fundamentalmente la profundización de la idea de hábitat. Cuando uno puede tener una vivienda propia puede tener posibilidades de desarrollar un proyecto de vida, pero más aún cuando ese proyecto de vida tiene conexión con lo económico, lo social, lo educativo y lo cultural”.
Registro
El Proyecto estima la conformación de un padrón de inmuebles municipales donde debería figurar cada terreno con su información técnica, dominial y catastral, y estado de deudas. En tanto, se contempla la autorización al Ejecutivo para incorporar inmuebles al erario municipal que conformarían el Banco de Tierras sea a través de adquisición directa, donaciones, permuta, dación en pago, vacancia por abandono calificado, subastas por juicio de apremio, usucapión, cesión gratuita de derechos y acciones sobre inmuebles, extinción relativa de dominio por abandono calificado, expropiación, convenio con propietarios; transferencias de inmuebles nacionales y/o provinciales, y urbanizaciones consorciadas, entendiéndose por éstas últimas a aquellas realizadas conjuntamente entre organismos estatales y personas físicas o jurídi cas privadas, donde aportan, cualquiera de ellos, inmuebles y/o infraestructura, las que se distribuyen en base a un justo y equilibrado reparto de cargas y beneficios.
Por otra parte, según se expresa, de la totalidad de los lotes que resulten de la subdivisión de inmuebles de propiedad municipal establecidos por cada barrio, sector o jurisdicción vecinal o que se establecieren en el futuro, se procederá a la venta directa en forma privada y adjudicación a grupos familiares o personas de escasos recursos de conformidad a las disposiciones del Régimen General de Loteos de Terrenos Municipales dispuesto por la Ordenanza Nº 8240 y sus modificatorias, y el Régimen de Regularización establecido por la Ordenanza Nº 8330 y sus modificatorias.
Regulación para urbanizaciones y subdivisiones
En otro sentido, en la tarde de hoy, el Concejo aprobó modificaciones al Reglamento de Urbanizaciones y Subdivisiones -Ordenanza Nº 7.677-, específicamente en lo referido a la facultad de definir la ubicación de los espacios verdes y la garantía de las obras de infraestructura a cargo del urbanizador. El Proyecto fue elaborado por el presidente del Cuerpo, Leonardo Simoniello, y contó con el acompañamiento de la concejala Vanesa Oddi.
Simoniello explicó que “el Proyecto de urbanización es parte necesaria de una política de Estado en la ciudad de Santa Fe. Ha habido en los últimos años y mientras esta Ordenanza estaba vigente una importante cantidad de urbanización, terrenos de propietarios que quedaron en sus manos a partir por ejemplo de la compra de sus padres, herencia, viejas quintas y muchos lugares donde funcionaban otras cosas en la ciudad de Santa Fe y que en un momento el propietario en uso de sus facultades y derechos decidió realizar un determinado loteo. Esta Ordenanza no le obligaba al propietario, por ejemplo, a dejar una determinada cantidad de espacio para el Estado menor que la que estamos sancionando ahora”, señaló.
Además, indicó que “con la modificación realizada se deberá garantizar el cumplimiento de obras de infraestructura a su cargo. Podemos mencionar innumerable cantidad de loteos que se han hecho en la ciudad de Santa Fe y que nunca han terminado con cumplir con las obligaciones correspondientes al loteador”. Y remató: “También nos estamos dando el derecho de definir cuáles son los lotes de determinada urbanización que van a ser utilizados para espacios verdes o espacios públicos”, cerró Simoniello en el Recinto.
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