La Cámara baja de la provincia dio media sanción a la normativa que prevé implementar los mecanismos tendientes a la protección ambiental, en el marco de la Ley Nacional Nº 26.331.
La Cámara de Diputados de la provincia dio media sanción al mensaje del Poder Ejecutivo según el cual se aprueba el Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos de Santa Fe, en el marco de la Ley Nacional Nº 26.331. Los legisladores indicaron que no se trata sólo de una mera adhesión a la norma federal, sino de un instrumento integral que tiene como objetivo implementar los mecanismos tendientes a la protección ambiental de las masas boscosas nativas, con la particularidades propias del territorio. En tal sentido, el texto aprobado por amplia mayoría en Diputados establece que la autoridad de aplicación será la Secretaría de Medio Ambiente –dependiente del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente–, la que deberá convocar a los productores de las zonas de aplicación de la ley y demás actores involucrados (como entidades ambientalistas y cooperativas de trabajo), antes de proceder a su reglamentación. Según la media sanción, aquellos departamentos que superen el 15 por ciento de su superficie cubierta de bosques nativos, sólo podrán autorizar emprendimientos productivos sustentables previo estudio del impacto ambiental. Dicho punto radica en que hacheros del departamento San Javier, y de localidades de otros distritos, se quejaron porque la ley obligaría a tener que dejar la actividad y por eso reclamaron algunas excepciones. Cabe destacar que la Ley Nacional Nº 26.331, de 2007, es una ley de protección ambiental que contempla tres categorías de conservación (de muy alta conservación o rojo, de mediano valor de conservación o amarillo, y de bajo valor de conservación o verde) y Santa Fe es una de las cuatro provincias que ya tienen su zonificación o mapeo territorial en todos sus departamentos. En las zonas pintadas de color rojo, “sólo podrán realizarse actividades de protección y mantenimiento que no modifiquen las características naturales ni la superficie del bosque nativo, no amenacen con disminuir su diversidad biológica, ni afecten a sus elementos de flora o gea, con excepción de aquellas que sean necesarias a los fines del manejo para su apreciación turística respetuosa o para su control o vigilancia”. Mientras que en las zonas pintadas de amarillo “las actividades a desarrollarse en áreas correspondientes a esta categoría, deberán efectuarse a través de planes de conservación o manejo sostenible, según corresponda, y estarán orientadas a la promoción y el uso sostenible de los bosques nativos, pudiendo incluir el aprovechamiento de sus recursos maderables y no maderables”. Las zonas de muy alta conservación en la provincia son áreas protegidas o reservas, pero la cuña boscosa es mucho más amplia en extensión y es allí y sobre el margen del río Paraná donde radican los mayores inconvenientes para la conservación de los bosques nativos originarios. Al respecto, en 2009 la provincia de Santa Fe formalizó –mediante el decreto Nº 042/09– la primera etapa del ordenamiento a los efectos de la aplicación gradual y progresiva de los criterios de la norma, “lo que permitió un significativo avance en los procedimientos e instancias de participación”, señalaron los diputados socialistas. Asimismo, indicaron que con la reglamentación de la norma una vez que se convierta en ley –el tema ahora pasó al Senado– “se consolida el proceso de manejo de los bosques, y la provincia está en condiciones de acceder a los fondos nacionales para poder seguir implementando estas políticas de preservación, fomentando formas de explotación alternativas, retribuyendo económicamente a aquellos productores que conserven las áreas de bosques nativos que posean, como así también contemplando a aquellos en donde se pruebe que nunca han intervenido el bosque, en función de la actividad que realice”. Entendimiento con el Senado El diputado provincial de la UCR e integrante de la comisión de Media Ambiente, Santiago Mascheroni, también calificó de “significativo” la primera etapa del ordenamiento territorial que dispuso el Ejecutivo santafesino después de “décadas” donde se perdieron “los bosques nativos originarios”. “El departamento 9 de Julio, que otrora tuvo las mayores áreas de bosques nativos, hoy sólo conserva áreas minúsculas. En cambio la zona costera, en la actualidad, es la que conserva la mayor zona a preservar y restringir en cuanto a las actividades de desmonte”, explicó el legislador santafesino del Frente Progresista, Cívico y Social. A su vez, Mascheroni indicó: “Para que el departamento San Javier no se vea impedido de un desarrollo productivo, hemos incorporado –al mensaje que envió el gobierno de Hermes Binner– dos modificaciones en total coincidencia con que pedían los representantes de las organizaciones del norte provincial y de la cuña boscosa; en ese sentido, cuando un departamento tenga sus áreas pintadas de rojo o amarillo, que son las categorías restringidas, podrá desarrollar alguna actividad”. “Y, con la otra modificación, permitimos la incorporación en los presupuestos anuales de un recurso económico, por parte de la provincia, que tendrá como destino reforzar la asistencia a aquellos productores que tengan planes de manejo aprobados y requieran un auxilio del Estado”, añadió. En tanto, con el objetivo de que el proyecto se analice lo antes posible en el Senado y se mantengan los cambios introducidos, Santiago Mascheroni dijo: “Hemos tomado la precaución de que en la etapa de la reglamentación participen las entidades, principalmente del norte santafesino, vinculadas a la actividad productiva en la zona. Para las modificaciones al mensaje original Nº 3.763 he conversado personalmente con los senadores José Baucero (PJ-San Javier) y Hugo Terré (PJ-9 de Julio) a los fines de lograr una mayor cuota de entendimiento en el Senado”.
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