Lo dispuso el juez federal Rodolfo Canicoba Corral, segun confirmaron fuentes judiciales a Infobae.com. Además le trabó un embargo de 10.000 pesos. La interrupción tuvo lugar el pasado 2 de abril.
Fuentes judiciales confirmaron a Infobae.com que el juez dictó el procesamiento sin prisión preventiva por el delito del artículo 197 del Código Penal, que pena con prisión de seis meses a dos años a quien "interrumpiera o entorpeciere la comunicación telegráfica, telefónica o de otra naturaleza o resistiere violentamente el restablecimiento de la comunicación interrumpida".
El embargo dictado sobre el ex empleado es de 10 mil pesos, según indicaron los voceros.
Si bien no se difundió la identidad del empleado (las iniciales son JG), las fuentes indicaron que se dio por probado que el acusado, un técnico electrónico, "intervino en la maniobra mediante la cual se provocó en todo el país la interrupción del servicio de telefonía celular de la firma Movistar entre las entre las 9 y 13, impidiendo a los usuarios abonados a dicha empresa entablar cualquier tipo de comunicación telefónica".
De acuerdo a la resolución, "se habrían utilizado dispositivos electrónicos desde el inmueble del acusado, ubicado en Florencio Varela, más precisamente una antena 'anostation' secuestrada en el lugar, la cual apuntaba hacia otra de iguales características de Movistar, logrando la desconfiguración de los switches que provocaron la baja del servicio por el plazo mencionado".
"Respecto a la calificación legal de la conducta desplegada por el imputado, entiende el suscripto que la misma se subsume en el delito de interrupción de las comunicaciones telefónicas toda vez que su accionar doloso provocó la incomunicación general, afectándose a todos los usuarios del servicio telefónico", dice uno de los párrafos del fallo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario