El Diputado Nacional de Santa Fe
solicita declarar de interés público la Generación Distribuida con
aplicación de Cogeneración de Alta Eficiencia y Energía Renovable in
situ, eólica, solar, geotérmica, mareomotriz, biomasa y minihidráulica,
que deberá “contribuir a la matriz energética en un 5% para el año
2020”.
Trabajar para las generaciones futuras es unode los desafíos más
complejos y significativos, por la necesidad de garantizarel
abastecimiento para todas las actividades productivas y antrópicas
engeneral bajo los términos del principio del desarrollo sustentable”
dijo ellegislador santafesino.
El proyecto,requiere que el Ministerio de Planificación Federal,
Inversión Pública yServicios de la Nación, a través de la Secretaría de
Energía sea el organismode promoción de la presente forma de producción.
El régimen especial durará hastatanto se alcancen un nivel normal para
la competitividad.
Y Para ello – diceel proyecto - la Secretaría de Energía de la
Nación será la encargada dedeterminar fundadamente el momento en el cual
se considere que las mismas hanalcanzado el punto de maduración
suficiente para resultar competitivas conrespecto a los medios
convencionales de generación. Esta misma repartición propiciaráque los
distribuidores de energía, instalen sistemas de Generación Distribuidao
adquieran el excedente de su generación
Según se explica enla iniciativa, se entiende por cogeneración de
alta eficiencia, a la quepermite ahorrar energía en un valor superior al
10%, mediante la produccióncombinada, en lugar de separada, de calor y
electricidad.
Objetivos
Asimismo, Martínezasegura que dentro de los objetivos planteados,
se persigue promover eldesarrollo sustentable, fomentar la
diversificación de fuentes energéticas, propendera la sustitución de las
fuentes contaminantes, incentivar el uso racional deenergía y educar
para el consumo responsable.
Más adelante en el articulado de la iniciativaparlamentaria, el
diputado Martínez plantea que el ConsejoFederal de la Energía Eléctrica
podrá afectar para ello, recursos del Fondopara el Desarrollo Eléctrico
del Interior, establecido por el artículo 70 de laLey 24.065 (régimen de
energía eléctrica).
Creación de un fondo
El proyecto deMartínez contempla – entre otros aspectos - conformar
lo que denomina como “Fondo para la Generación Distribuida
conaplicación de la cogeneración de alta eficiencia y energía renovable
in situ”. Elmismo será administrado por el Consejo Federal de la
Energía, el cual deberáconformar una comisión destinada a promover su
desarrollo y contará con losaportes provenientes del gravamen dispuesto
en el artículo70 de la Ley 24.065, que creó el “FondoNacional de la
Energía Eléctrica”. De similar forma, se estipula subsidiar
cadakilovatio de producción energética renovable en relación a costos de
generacióntradicionales.
También, el proyecto pretende establecer un aporte obligatorio,
efectuado por aquellasindustrias que utilicen tecnologías consideradas
“Contaminantes”, con laslimitaciones que establezca la Reglamentación. Y
a losefectos de determinar los montos de los aportes, La Subsecretaría
deMedioambiente y Desarrollo sustentable deberá establecer un “Ranking
deEmpresas Contaminantes”. El quantum del monto a aportar será
establecido por lareglamentación.
Se explicita quelas empresas que contaminen estarán obligadas a
adquirir un porcentaje definido por la autoridad deaplicación de su
consumo energético a aquellos generadores que utilicentecnologías
limpias o sistemas de cogeneración. Oscar Martínez explicó que
lageneración distribuida puede hacerse de muchas formas, siendo las
másrecomendables la cogeneración de alta eficiencia y los sistemas de
energíarenovable in situ.
Y agregó que “es muy importante para cumplircon el artículo 41 de
la Constitución nacional, que tutela el derecho de todoslos habitantes a
gozar de un ambiente sano.
Los beneficios de la generación distribuida através de la
cogeneración de alta eficiencia, permite que los niveles decontaminantes
del aire, incluyendo el dióxido de carbono, se reduzca en
altosporcentajes en relación a los sistemas convencionales, por la
utilización decombustibles más limpios como el gas natural y por la
mayor eficiencia delsistema, por el mejor aprovechamiento del calor
producido y la generación en ellugar del consumo”.
Términos fiscales
También se busca que todo emprendimiento paragenerar energía en
estos términos goce de estabilidad fiscal por lo que no sepodrá afectar
al emprendimiento con una carga tributaria total mayor, comoconsecuencia
de aumentos en las contribuciones impositivas y tasas. Pero
elincumplimiento dará lugar a la caída de los beneficios aquí acordados,
y al reclamode los tributos dejados de abonar más sus intereses y
actualizaciones.
En cuanto alaspecto crediticio, se requiere que el Banco de la
Nación Argentina otorgue créditosblandos a aquellos generadores que se
establezcan en el país y que loscomponentes nacionales, referidos a las
máquinas propiamente dichas, resultenmás del 60%. También se requiere
que la Secretaría de Energía contabilice losbeneficios ambientales de
los proyectos de “Generación distribuida” con elobjeto de negociar los
“créditos de carbono” ante los OrganismosInternacionales.
Al final, el diputado Martínez aseguró que “reconocerque hay una
relación directa e inescindible entre generación distribuida ydesarrollo
sustentable nos permite comprender que es necesario comenzar a
realizartodos los esfuerzos posibles para el desarrollo del sector
energético no sólo através de los mecanismos tradicionales de las
grandes obras, sino también conel aprovechamiento de la tecnología de
última generación que nos permitencapitalizar las bondades de la
producción en el lugar del consumo”.
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