El Gobierno provincial dispuso, mediante un decreto firmado por el Gobernador Antonio Bonfatti, la creación de un registro único de trabajadores y empleadores del sector. Además, se regulará la habilitación y capacitación del personal.
El gobernador Antonio Bonfatti firmó el decreto que establece la reglamentación de la Ley Provincial Nº 13.205 que dispone, en el ámbito de la provincia, la adhesión a la Ley Nacional N° 26.370 que regula la habilitación del personal que realiza tareas control, admisión y permanencia en locales nocturnos, eventos y espectáculos públicos.
En este sentido, se estipula la creación de un registro único público donde se incorporen a todas aquellas personas habilitadas para llevar adelante la actividad de control, admisión y permanencia en espectáculos públicos, a sus empleadores, la comprobación de eventuales infracciones y en su caso la aplicación de las sanciones que correspondan.
La Dirección Provincial de Autorizaciones, Registro y Control de Agencias Privadas de Vigilancia, Seguridad e Informaciones Particulares, dependiente de la Secretaría de Seguridad Pública del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, será la encargada de otorgar las habilitaciones al personal, comprobará en su caso la comisión de infracciones a la normativa, aplicando, de corresponder, las sanciones establecidas en la norma. Además, llevará una base de datos de todos los trabajadores y empleadores que sean sancionados con la pena de inhabilitación que luego serán remitidos al Registro Único Publico Nacional, que existe bajo la órbita del Ministerio del Interior de la Nación.
Al respecto, la directora provincial de Seguridad Privada, Celina Muguruza, expresó que “para poder prestar servicios, los interesados deberán estar habilitados por la autoridad de aplicación, la que a tal fin expedirá una credencial identificatoria y un carnet profesional. Todo ello, previo cumplimiento de los requisitos legales por parte de los trabajadores, entre los cuales se encuentra la ausencia de antecedentes penales, la realización de un examen de aptitud psicológico y de los cursos de capacitación previstos en la ley”.
CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Una de las principales exigencias de la ley, radica en los cursos de capacitación profesional que serán obligatorios para quienes quieran desempeñar este tipo de tareas, los cuales serán dictados por instituciones educativas autorizadas a tal efecto por la autoridad de aplicación, en base a la currícula que la normativa determina.
“Desde la Dirección Provincial de Control de Seguridad Privada, área que impulsó el proyecto, se enfatizó en el avance, registro y control de quienes prestan los servicios de admisión y permanencia en espectáculos públicos y fundamentalmente de la formación que a su personal se les deberá garantizar. Esta formación deberá contemplar como contenidos mínimos los referidos a derechos humanos, nociones de derecho constitucional y penal, primeros auxilios, seguridad contra siniestros, técnicas de neutralización de agresiones físicas, entre otros”, expresó Muguruza.
Asimismo, cuando se tome conocimiento de una eventual violación a derechos y garantías constitucionales o de la comisión de actos discriminatorios la autoridad de aplicación dará intervención a la Secretaría de Derechos Humanos, pertenenciente al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Independientemente de las sanciones que la norma establece y que pueden consistir en apercibimiento, multa, suspensión y hasta clausura del establecimiento.
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