jueves, 15 de marzo de 2012

La Provincia de Santa Fe realizó 17 abortos no punibles durante el año 2011

Frente al debate por la decisión de la Corte de despenalizar la interrupción de un embarazo de una joven de 15 años violada por su padrastro, Santa Fe destacó su trabajo en favor de las mujeres.

Las víctimas de una violación pueden practicarse un aborto sin necesidad de previa autorización judicial y, al igual que los médicos que las asistan, están exentas de pena, ratificó el martes la Corte Suprema de la Nación en una sentencia.

Según el fallo del máximo tribunal, para que la mujer pueda realizarse la práctica deberá completar una declaración jurada dejando constancia del delito del que fue víctima para que los profesionales que la asistan puedan efectuar el aborto sin responsabilidad penal.

La sentencia de la Corte, unánime aunque con votos con distintos fundamentos, fue dictada en el caso de una adolescente (A.G.) de 15 años de edad, que a fines de 2009 fue abusada por su padrastro, un oficial de la policía de Chubut.

En el marco de los debates al respecto, el ministro de Salud de la provincia, doctor Miguel Ángel Cappiello, aseguró en diálogo con Diario UNO con relación al fallo que “no cambia nada en Santa Fe, porque nosotros veníamos trabajando en este sentido. Hace tiempo dictamos una resolución por la cual se exige a los profesionales de la salud realizar los abortos no punibles sin que éstos sean denunciados y sin sanción para con quienes intervengan en ellos. Tal es así que durante 2011 se realizaron 17 interrupciones del embarazo de este tipo en la provincia sin ningún tipo de dificultad y la tasa de mortalidad materna por aborto bajó muchísimo desde que se cumple con la norma, presentándose un solo caso”.

También, recordó Cappiello que en el marco de las políticas en favor de la salud de las mujeres y sexual y reproductiva, “se creó el listado público de objetores de conciencia para garantizar que en todos los hospitales haya trabajadores que garanticen las distintas prácticas de anticoncepción, asesoramiento, y la realización de los abortos no punibles”, conforme a las normas.

“Curiosamente –agregó el funcionario– la mayor cantidad de objeciones estuvo dada por enfermería, no por los médicos”.

La Corte, por su parte, ordenó además que, por la “gravedad y trascendencia social” del tema, “tanto en el ámbito nacional como en los provinciales, se extremen los recaudos a los efectos de brindar a las víctimas de violencia sexual, en forma inmediata y expeditiva, la asistencia para resguardar su salud y la integridad física”. En el fallo se exhorta a los poderes judiciales de todos los niveles a “abstenerse de judicializar el acceso a los abortos no punibles”.

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