POR: REDACCION E24
Rosario - Se trata de dos ex trabajadores de la institución. Fueron acusados de acceso carnal agravado por su condición de guardadores de la víctima, un niño que en 2011 tenía 9 años.
Dos ex empleados del Hogar del Huérfano fueron condenados a 15 años de cárcel por abuso sexual con acceso carnal agravado por su condición de guardadores de la víctima, un niño que en 2011 tenía 9 años y en ese entonces estaba alojado en esa institución de Laprida al 2100. El caso fue denunciado por la Subsecretaría de Niñez y Adolescencia provincial y se constituyó como querellante.
De acuerdo a lo que publica hoy el diario Rosario 12, el fallo corrió por cuenta del juez de sentencia Nº 4, Julio Kesuani, y recayó sobre dos ex empleados que hoy tienen 44 y 46 años, con responsabilidad de guarda sobre la víctima. La Provincia -la Dirección de Promoción de los Derechos de Niñez, Adolescencia y Familia- intervino como querellante y su equipo de abogadas -Mónica Barroso Bonvicini, Patricia Virgilio y Nadia Darigo- solicitó el máximo de la pena prevista, 20 años. Los condenados estaban procesados desde julio de 2012, pero en prisión domiciliaria, por disposición del juez de instrucción Juan Donnola.
Habían sido despedidos del Hogar del Huérfano en marzo de 2011, luego de que las profesionales del Estado recogieran relatos e indicios que involucraban a algunos trabajadores en casos de malos tratos y de abuso sexual contra los internos.
Antes de eso, las autoridades del Hogar del Huérfano, una asociación civil de la Sociedad de Damas de Beneficencia a la que el Estado le confiaba la guarda de menores en riesgo, habían despedido a tres psicólogas que habían anticipado denuncias en ese sentido ya en 2007 y en 2010 y habían sido desoídas. Por aquellos años, la jueza Alejandra Rodenas archivó una denuncia de ese tenor contra el personal del Hogar.
Una vez que los dos empleados abusadores fueron despedidos, y que el niño que había sido revictimizado fue derivado con una familia sustituta, el caso empezó a cobrar volumen probatorio, sobre todo cuando el chico reveló a sus nuevos guardadores lo que había padecido en el hospicio de Laprida 2129. La clave sobre la que la querella edificó la acusación y el juez valoró para su sentencia fue la escucha del testimonio del niño en Cámara Gesell, y numerosos documentos periciales alrededor que probaron la veracidad de esos dichos.
"Deben ser condenados y sancionados quienes vulneraron no sólo la integridad sexual, sino la integridad psico física del niño, porque así lo confirma un extenso y contundente caudal probatorio", remarcó Barroso Bonvicini en diálogo con Rosario 12.
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