Un tribunal ratificó la sentencia y la Corte debe pagar $ 1 millón.
Foto: A. Colmegna
EDUARDO BARRENECHE24 ago 2016
Un exsubdirector de la cárcel de Canelones estuvo 768 días preso en ese mismo penal, acusado de un delito que no cometió, según sentencias en primera y segunda instancia de la Justicia.
La irregularidad por la que fue acusado el exsubcomisario se remonta a 2006, cuando en la cárcel de Canelones se descubrió una maniobra de adulteración de las planillas de horas de trabajo de tres reclusos, con la aparente intención de beneficiarlos mediante la aplicación del sistema de redención de pena en base a jornadas laborales dentro del centro penitenciario.
El exoficial fue dado de baja en 2008 y procesado en base a una primera pericia caligráfica que lo inculpó por adulterar los registros de un recluso. Estuvo preso entre el 13 de abril de 2009 hasta el 19 de mayo de 2011 cuando fue liberado por gracia de la Suprema Corte.
El fiscal del caso, al momento de presentar la acusación, concluyó que no era prueba suficiente y solicitó el sobreseimiento, por lo que el expediente fue clausurado en diciembre de 2012. El 6 de noviembre de 2015, una sentencia en primera instancia falló a favor del expolicía obligando a la Suprema Corte al pago de daño moral, lucro cesante y daños y perjuicios. La Corte apeló. Un fallo de segunda instancia (Tribunal de Apelaciones) fechado en junio de este año ratificó que el ex funcionario policial había sido procesado y condenado por un delito que no cometió.
Pero el tribunal quitó los daños materiales que había impuesto el primer fallo. Es decir, solo obliga a la Corte a pagar los daños morales: $ 897.800. El viernes 12, la abogada Ana Frontán presentó a la Corte la liquidación de lo que se le adeudaba a su cliente: $ 1.084.500.
Medida.
En su demanda contra el Poder Judicial, el exsubcomisario sostuvo que la pericia "no logra establecer a quién corresponde la caligrafía de la parte que fue borrada con corrector y adulterada".
Agrega que el hecho de que el exoficial haya completado el formulario "no supone de ninguna manera ni prueba que haya sido el autor de la falsificación, por lo que hubo error inexcusable en la valoración de la pericia, y se atribuyó un nexo causal que no existe".
Según el expediente, dos pericias caligráficas posteriores descartaron la responsabilidad del expolicía, y eso es una "prueba irrefutable del error inexcusable al dictar el auto de procesamiento".
En el expediente consta que el recluso que se hubiera beneficiado con la modificación de los registros de horas de trabajo declaró que "nunca habló" con el exsubcomisario procesado.
En forma paralela, el expolicía demandó ante la Justicia civil al Ministerio del Interior por haberle dado de baja en base a una pericia mal hecha. El reclamo es por la pérdida de salarios y afectación de la carrera.
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