REFORMA DEL CÓDIGO DE FALTAS LEY 10703
El Sindicato de Médicos de la República Argentina (AMRA) Seccional Santa Fe expresa que tal lo informado en la editorial sobre violencia, se presentó a las autoridades provinciales una solicitud de Reforma del Código de Faltas Ley 10703, que incluye sanciones a quienes agredan al personal de salud y/o docentes. Asimismo se elevó la propuesta a los Sindicatos que nuclean a los docentes y al personal de los centros de salud (AMSAFE, SADOP y UPCN)
Transcribimos la solicitud:
Se propicia, entonces, la incorporación del Capítulo III al Código de Faltas, el que quedaría redactado de la siguiente manera:
“El que invocando un vínculo con un alumno, en un caso, o con un paciente o familiar del mismo, dentro de un establecimiento educativo de gestión pública o privada al que éste concurre, o en las inmediaciones del mismo, en el primer caso o dentro de un efector de salud, o sanatorio privado, en el segundo, realice alguna de las siguientes acciones: a) Hostigue, maltrate o menosprecie a un trabajador de la educación o a un profesional de la salud. b) Insulte a un trabajador de la educación o de la salud, o provoque escándalo. c) Ejerza actos de violencia física contra un trabajador de la educación o de la salud. d) Arroje contra un trabajador de la educación o de la salud, o contra un bien de utilidad educativa o de la salud, elementos de cualquier naturaleza. e) Ingrese sin autorización a un establecimiento educativo o de la salud y no se retire a requerimiento del personal docente o de salud. f) Perturbe de cualquier manera el ejercicio de la función sea educativa o de salud. En tal sentido, se puntualiza que se preverá una pena consistente en el arresto de diez (10) a cuarenta (40) días”.
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