Una resolución de la Subsecretaría de Comercio Interior dispuso de qué modo se implementará el SEPA (Sistema Electrónico de Publicidad de Precios Argentinos) con el que el gobierno busca frenar la inflación
Imagen ilustrativa./ José Busiemi.
Mediante la Disposición 7/2016, la Subsecretaría de Comercio Interior obligará a los supermercados a informar diariamente, a las 6 AM, los precios de una serie de productos a través del "Sistema Electrónico de Publicidad de Precios Argentinos (SEPA)", conforme al procedimiento y de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas en el Anexo II de la resolución. El sistema comenzará a regir a partir del 15 de abril y la difusión se hará a partir del 29 de abril.
De acuerdo con la disposición, para los supermercados será "obligatorio" informar los precios de algunos productos, mientras que para otras categorías la información será de carácter optativo.
La información a suministrar tendrá carácter de declaración jurada y deberá ser brindada para cada producto y punto de venta, y debe incluir: a) CUIT de la empresa, razón social y nombre o denominación comercial; b) ubicación de cada punto de venta, con domicilio completo y coordenadas que permitan su geolocalización, días y horarios de atención; c) identificación de producto y descripción; y Código EAN o Código Interno de Comercio para el caso que no exista Código EAN para el producto; d) precio de lista de venta minorista final al público por unidad de venta y precio por unidad de medida; e) precio unitario correspondiente a promoción de alcance general, "entendiéndose por éste a aquellos descuentos que se aplican al producto sin estar sujetos a condiciones tales como segmentación del consumidor, medios de pago o de fidelización" y f) precio unitario correspondiente a promoción especial, "entendiéndose por tal a aquellos descuentos que se aplican al producto por una o más condiciones de alcance general o particular".
Si bien los precios deberán informarse "en forma diaria y hasta las seis horas (06:00 hs.) del día correspondiente a aquel cuyos precios se informan", el sistema admitirá la posibilidad de recibir hasta las 10:00 un informe rectificatorio, a través de una nueva presentación con iguales alcances que la anterior. La transferencia de los datos deberá realizarse en forma completa, antes de los horarios límite señalados.
La información suministrada rige sólo para el día en que fue remitida y "de no recibirse la misma en un día de actividad comercial, o si ésta se presentara y no fuera validada por el sistema, no se publicará ningún dato del punto de venta para el día en cuestión, siendo el comercio pasible de las sanciones correspondientes".
Los precios serán difundidos a través de una página web y/u otros medios digitales, en los que el consumidor podrá buscar los productos de su interés y conocer los precios correspondientes de los distintos puntos de venta, así como también conformar listas para agrupar los de su preferencia.
Las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas podrán adherir optativamente al sistema,pero una vez que lo hagan deberán cumplir con la obligación de informar, pudiendo ser sancionados en caso de incumplimiento. Además, podrán darse de baja por única vez y en cualquier momento.
Fuente: Infobae
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