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domingo, 11 de octubre de 2015

En el caso del camión de Arroyo Leyes el juez hasta invocó un decreto de la dictadura

Es el juez federal Reinaldo Rodríguez que en el caso del camión hallado en Arroyo Leyes con 1.500 kilos de marihuana, soslayó pruebas e invocó un decreto de la dictatura como "fuente del derecho" para absolver a los ex jefes policiales Vergara y Fernández.
Rosario 12 | 
En el caso del camión de Arroyo Leyes el juez hasta invocó un decreto de la dictadura
El juez federal Reinaldo Rodríguez soslayó "pruebas" y hasta invocó un decreto de la dictadura militar como "fuente del derecho" para absolver a los ex jefes de la Unidad Regional I, Sergio Vergara y Sergio Fernández en el caso del camión de Arroyo Leyes. El planteo fue hecho esta semana por el fiscal Walter Rodríguez al apelar el sobreseimiento de ambos comisarios por supuesto "abuso de autoridad" e "incumplimiento de deberes" ante la Cámara Federal de Rosario, que ahora deberá decidir si los desvincula de la causa o revoca la resolución del magistrado. El fiscal reprochó al juez la "errónea interpretación jurídica de los hechos" y ratificó que Vergara y Fernández realizaron "una investigación paralela" a espaldas del Ministerio Público y del propio juez para salvar su responsabilidad.
Se trata del hallazgo de una tonelada y media de marihuana en un container con doble fondo el 2 de noviembre de 2014, que Vergara y Fernández presentaron como un golpe al narcotráfico, pero después el fiscal descubrió que era un montaje. Los efectivos que actuaron en el procedimiento dejaron escapar a un ex sargento de Drogas Peligrosas, Alejandro Agüero y a su compinche, Juan Carlos Villalba que "tenían poder de disposición" del cargamento y hoy están presos por "transporte de estupefacientes". Desde entonces, también están detenidos el ex jefe de Orden Público, Cristian Hang y el ex jefe de la 8ª Zona de Inspección, Martín Díaz, por supuesto "encubrimiento" y "evasión" de Agüero y Villalba y presunta "sustracción" de parte de la carga.
El fiscal mencionó doce "agravios" que le causó la resolución del juez Rodríguez al haber omitido otras tantas pruebas.
1. El "informe" que Vergara, Fernández y Hang elevaron al director de Asuntos Internos dos días después del operativo, el 5 de noviembre, a las 21.30, para advertir que "distintas versiones sin fuente emisora responsable" decían que los hechos no eran como ellos los habían presentado ante la opinión pública. El juez omitió "valorar que el hoy procesado Hang fue coautor de ese informe", dijo el fiscal. "Desde la sana crítica racional, resulta inadmisible que en un caso de estas características", Vergara y Fernández "no puedan detectar las fuentes emisoras responsables, cuando ellas pertenecían a la fuerza que ellos mismos comandaban" y "dentro de un esquema institucional marcadamente verticalista".
2. El juez tampoco explicó por qué después de "los supuestos rumores, trascendidos o versiones sin fuente responsable, Vergara se haya dedicado a brindar declaraciones periodísticas tendientes a reforzar la versión \'oficial\' del procedimiento, tal como había sido plasmada en el acta" falsa. "El imputado, incluso, presentó la actuación de la fuerza como un éxito ante la opinión pública".
3. El fiscal reprochó a los ex jefes de la URI no haber denunciado los hechos antes el Ministerio Público. Y al juez porque justificó esa omisión cuando el director de Asuntos Internos judicializó el informe a la mañana siguiente, el 6 de noviembre. "Causa agravio que el juez justifique el calibre de las irregularidades imputadas a Vergara y Fernández apoyado en la posterior comunicación de Asuntos Internos a esta Fiscalía, pues la misma además de ser parcial en cuanto a la existencia de los sucesos ocurridos, partió de una decisión del director de esa dependencia y es ajeno a la voluntad de los obligados".
4. "El juez omite exponer las razones que llevaron a Vergara y Fernández a no comunicar por teléfono y por escrito la existencia de irregularidades, ya que las circunstancias del caso demostraron que eran determinantes durante las primeras horas de la investigación. Y por qué no ordenaron la eventual separación de la fuerza de los miembros" que estaban "involucrados en los hechos".
5. Según el fiscal, el juez tampoco argumentó el motivo por el cual no contempló que el día 5 de noviembre de 2014, Vergara citó a su despacho" a una suboficial que había participado en el operativo del 2 de noviembre y "no lo dejó plasmado en ningún documento oficial".
6. "Y tampoco brindó ninguna respuesta razonable a la reunión" que Vergara, Fernández y Hang tuvieron con la subcomisario Stella Olivera con el justificativo expreso de aclarar las ya mencionadas versiones sin fuente responsable". "Fernández tenía el teléfono del secretario del Juzgado y pese a haberlo llamado a las 4 de la madrugada del día del hallazgo (de Arroyo Leyes), en esta ocasión no lo hizo".
7. El juez "no valoró los dichos de Olivera" sobre la "detención y posterior liberación de Agüero y Villalba" y la "presencia de otros dos vehículos en el lugar y su posterior partida". Pero "lo más paradigmático" es que las reuniones con una suboficial de menor rango y luego con Olivera "fueron celebradas cuando ya se había ordenado a la Policía el cese de la su intervención en la causa", concluyó.

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