miércoles, 3 de agosto de 2011

SANTO TOMÈ. El Concejo aprobó la ordenanza que prohíbe la instalación de cabarets y whiskerías

La norma también regula la actividad de boliches bailables y el funcionamiento de otros espectáculos públicos en la ciudad. A partir de cambios realizados por el Ejecutivo, se incorporó la prohibición de instalar cabarets o whiskerías y se establece un plazo de dos años para que los actuales locales de ese rubro dejen de funcionar como tales.
El Concejo aprobó la ordenanza que prohíbe la instalación de cabarets y whiskerías

El Concejo Municipal aprobó en la sesión de este martes la ordenanza que regula el funcionamiento de espectáculos públicos y la actividad nocturna en el ámbito de nuestra ciudad. La norma había sido vetada parcialmente por el Ejecutivo, que incorporó la prohibición de instalar cabarets y whiskerías y estableció un plazo de dos años para que los locales de ese rubro dejen de funcionar como tales.

Cabe mencionar que la ordenanza aprobada por el Concejo -que volverá al Ejecutivo para su promulgación- también contempla reglas para el funcionamiento de boliches bailables y espectáculos públicos. En ese sentido, las disposiciones que habían sido aprobadas en el mes de mayo fueron ratificadas y se incorporaron las restricciones a cabarets y whiskerías.

La nueva ordenanza establece que “a partir de la fecha –de promulgación-, en el ámbito de la ciudad de Santo Tomé, queda prohibida la instalación y/o habilitación de locales para el funcionamiento de Cabarets, Whiskerías y/u otros con denominaciones afines.” Además, determina que “los locales que funcionen con habilitación municipal al momento de promulgarse la presente, deberán dejar de funcionar como tales dentro de los 24 meses subsiguientes a la aplicación de la presente norma.”

La ordenanza aprobada por el Concejo Municipal consta de aproximadamente 90 artículos y fue elaborada por el concejal Sergio Ripoll. Además, se incorporaron aspectos de otras iniciativas legislativas del bloque de la UCR, de la concejal Rosana Zamora y del Departamento Ejecutivo Municipal.

Boliches

Si bien la ordenanza contempla a diversos espectáculos públicos y actividad nocturna, en cuanto a los boliches bailables, el horario establecido en la norma es desde las 2.00 y hasta las 6.00 de la mañana. Cabe mencionar que el horario regirá entre los meses desde abril a noviembre, ya que entre diciembre y marzo, el horario se extiende media hora (de 2.30 a 6.30) tanto en el ingreso como en la salida. Además, se realizan excepciones para las fiestas de fin de año.

En otros aspectos a destacar, durante los fines de semana se permite el ingreso de jóvenes a partir de los 17 años de edad. Además, se prohíbe el expendio de bebidas alcohólicas desde una hora antes del cierre de los locales. Por otra parte, la ordenanza permite a los boliches bailables realizar los denominados matinés, desde las 18 a las 24 horas, con ingreso permitido a menores de 13 a 18 años, sin venta de bebidas alcohólicas.

En otras disposiciones de importancias, se establece que ningún local de espectáculos públicos podrá funcionar hasta contar con el certificado de habilitación definitiva. Además, se enumera una serie de exigencias vinculadas a los sistemas de seguridad, sonorización, requisitos edilicios, requisitos y procedimientos en cuanto a la habilitación y otros requisitos especiales para distintas actividades.

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