miércoles, 3 de agosto de 2011

VENADO TUERTO- El municipio quiere cancelar con terrenos una deuda al ex BID

El Ejecutivo envió un proyecto al Concejo para que autorice el pago de unos 11 millones pesos que mantiene con la Sindicatura del ex Banco Integrado Departamental (BID) mediante la venta de terrenos comunales.

El municipio quiere cancelar con terrenos una deuda al ex BID

El Ejecutivo municipal envió un proyecto al Concejo para que autorice el pago de una deuda de unos 11 millones de pesos que mantiene con la Sindicatura del ex Banco Integrado Departamental (BID) mediante la venta de terrenos comunales. La vieja deuda fue motivo de pleitos entre el municipio y la Sindicatura del ex banco y podrá ver la solución si acuerdan Ejecutivo y el Legislativo que deberá expedirse, si acepta o no el pedido, en los próximos 15 días. La deuda se originó a mediados de 1990 por el plan de pavimento de 400 cuadras de las que sólo llegó a realizarse algo más de 150.
A través del mensaje 038-H-2011, el Ejecutivo presentó un proyecto de ordenanza para la realización pública de bienes inmuebles que integran el dominio municipal, cuyo producido será afectado al pago total o parcial del capital, intereses, gastos, honorarios profesionales y otros rubros que la Municipalidad deba afrontar en función de la sentencia judicial 485 y en caso de su revisión por la Corte Suprema de Justicia provincial, emitida la primera en agosto de 2008 por la Cámara en lo Contencioso Administrativo 2 de Santa Fe, en los autos "BID CL s/quiebra c/MVT s/recurso contencioso administrativo" (Expte. 193/04).
El edil socialista Roberto Meier señaló que "este compromiso nos posiciona mejor ante el Poder Judicial, ya que demostramos que tenemos la intención de pagar y la modalidad de cómo será el pago. No sabemos cuál es la cantidad de terrenos que tenemos para afrontar ese pago pero nos dijeron que van a realizar un relevamiento para conocer la situación legal de cada uno".
En 15 días.La ordenanza del municipio fija que los bienes alcanzados serán determinados por el Ejecutivo, debiendo comunicar al Concejo el detalle de individualización de los mismos. El deliberante deberá expedirse en 15 días hábiles, pero en caso de ausencia de manifestación expresa en ese plazo, la propuesta se considerará aprobada en todos sus términos.
El Ejecutivo reglará las condiciones de venta, con base o sin ella, método de ejecución, selección de propuestas y adjudicación, incluida la recepción de ofertas por sobre cerrado y lacrado, con intervención de escribano público y difusión por los medios. Al igual que la eventual descalificación de ofertas por distintos motivos y toda otra estipulación reglamentaria que pondere razonable para la transferencia recaudatoria y la máxima aproximación posible a la cancelación de esta obligación municipal.
El considerando del mensaje oficial expresa que la sentencia obliga al municipio a pagar a la sindicatura de la quiebra el monto del capital conformado por los certificados de obra descontados por el banco quebrado a la ex contratista de pavimento Consolid SA por 4.090.885 pesos, más un régimen de intereses diferenciado a la tasa del Banco Nación de Argentina para descuentos de certificados de obra desde los siete días posteriores a la emisión de cada certificado hasta la interrupción del contrato y, al monto así determinado, el adosamiento de la tasa pasiva sumada del BCRA hasta el pago del finiquito, con las costas judiciales devengadas a cargo del municipio.
Cargas. Ambas partes impugnaron la sentencia por medio de sendos recursos extraordinarios convertidos en quejas por denegación. La sindicatura acusando lesión a su propiedad por el reemplazo del régimen contractual de intereses, y la Municipalidad por la carga de la totalidad de las costas devengadas, permaneciendo las impugnaciones sin definiciones por la Corte de Santa Fe.
Sin perjuicio de los recursos precedentes, también las partes discreparon respecto de la liquidación provisoria de la cuantía de capital e intereses a afrontar por el municipio, provocando la necesidad de la cuantificación por el Tribunal, que en agosto del 2010 fijó el monto provisorio de 9.591.988 pesos, sin costas, regulando posteriormente éstas a favor del letrado apoderado de la sindicatura por sus distintas actuaciones. La deuda por todo concepto supera los 11 millones de pesos.

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