Foto: Archivo El Litoral
Juliano Salierno
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Una pareja de la ciudad de Reconquista fue detenida, acusada de graves delitos contra la integridad sexual de una de sus hijas de 12 años. El caso causó gran conmoción en la opinión pública, dado que el hombre, identificado como Carlos Alberto Leguizamón, había sido absuelto por la Justicia de Vera por un delito de igual calibre contra otra de sus hijas y recuperó la libertad en 2014. Y si bien la Cámara de Apelación Penal de Vera revocó ese fallo, todavía resta que se dicte una nueva sentencia.
Esta vez, además de Leguizamón, fue imputada y detenida con prisión preventiva por 60 días, su pareja Yanina BeatrIz Cabrera, quien al igual que el hombre fue considerada autora del delito de “abuso sexual con acceso carnal, agravado y reiterado”, según consta en sendas resoluciones dictadas -el 9 y el 16 de junio- por el juez de la investigación penal preparatoria, Gonzalo Basualdo.
El fiscal de Reconquista, Alejandro Rodríguez, recibió la denuncia el 4 de mayo pasado, instada por la Subsecretaría de la Niñez, Adolescencia y Familia de la provincia. Se abrió una nueva investigación y el 1º de junio las autoridades del Hospital Central de Reconquista informaron al fiscal del estado de gravidez de la nena de 12 años; por lo que a los pocos días, tras ser localizado, el hombre fue privado de su libertad y llevado a tribunales.
60 días presos
En la audiencia en la que tuvo tratamiento la medida cauteral, el Ministerio Público de la Acusación solicitó la imposición de 120 días de prisión para Leguizamón; mientras que la abogada del Servicio Público Provincial de la Defensa Penal, Norma Senn, planteó la libertad de su pupilo y como alternativa pidió que fuera beneficiado con prisión domiciliaria al cuidado de un hermano.
Sin embargo, atento a los argumentos vertidos por las partes, el juez Basualdo decidió dictar la preventiva pero por menos tiempo, en este caso 60 días corridos, período en que el fiscal deberá completar la recopilación del material probatorio que resta realizar para formular la acusación. En el mismo sentido, una semana más tarde, el mismo magistrado resolvió confinar con 60 días de prisión a la mujer Cabrera, la cual estuvo asistida por el Dr. José Luis Estévez, del SPPDP.
Entre los cargos que pesan contra la pareja, además del vínculo, cuentan los de haber aprovechado la situación de convivencia y su condición de niña menor de edad; además de haber reiterado a lo largo de un período de tiempo de un año los abusos cometidos.
Absolución y libertad
El año pasado la Cámara de Apelación Penal de Vera revocó una sentencia absolutoria para Leguizamón, por el abuso sexual reiterado de su otra hija, que entonces tenía 13 años. Los jueces Carlos Renna, Roberto Prieu Mántaras y Jaquelina Balangione revirtieron una decisión judicial que por el “beneficio de la duda” marginaba de la investigación al único acusado por graves delitos aparentemente cometidos en el seno familiar.
El 19 de agosto de 2014 el juez de Sentencia de Vera, Nicolás Muse Chemes, lo absolvió de culpa y cargo y le concedió la libertad, medida que fue apelada por la fiscalía y rebatida en la segunda instancia por el fiscal de Cámara, José Antonio Mántaras, quien en su expresión de agravios cuestionó que no se haya tenido en cuenta “el informe psicológico de la víctima del que surge la existencia de un claro hecho de abuso sexual intrafamiliar”; “el informe médico legal que da cuenta de una desfloración de larga data” y “las declaraciones de la progenitora de la menor respecto a las particularidades de los ‘juegos' de ésta con su padre”.
También puntualizó “el relato de la víctima (de 13 años) en cuanto describe detalladamente los abusos sufridos por parte del encartado” y “el informe de profesionales en el que se enumeran los síntomas que sufría la menor y los abusos que padeció”, entre otros argumentos.
Por este hecho tomó intervención reciente el juez penal de Vera, Gustavo Gon, que será el encargado de analizar la prueba y dictar una nueva sentencia.
>>> La profecía
En el fallo de Cámara dictado el 23 de septiembre de 2015, que revoca la sentencia absolutoria para Carlos Alberto Leguizamón, consta que los abusos habrían comenzado cuando la nena tenía apenas 10 años de edad y se presume que fueron consentidos por la madre, bajo un pacto de silencio que imponía el padre a todos los miembros del grupo familiar. Muestra de ello es el relato de uno de los hermanitos de la víctima, que contó: “Mi madre me dijo que no diga nada de lo que sabía y había visto” y expresó su temor de “que le haga lo mismo a mi hermanita más chica”. La profecía se ha cumplido.
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