viernes, 13 de septiembre de 2013

Facilidades impositivas para las zonas afectadas por los incendios-La medida se dio a conocer a través de la Resolución General 3530 publicada hoy en el Boletín Oficial.

La Afip suspende por 120 días las cobranzas administrativas y judiciales de impuestos y los plazos administrativos para los trámites que se realizan en las dependencias donde están inscriptos los contribuyentes afectados por los incendios en diferentes provincias.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) suspende por 120 días las intimaciones, las cobranzas administrativas y judiciales de impuestos y los plazos administrativos para los trámites que se realizan en las dependencias donde están inscriptos los contribuyentes afectados por los incendios ocurridos en localidades de las provincias de Córdoba, Tucumán, Mendoza, Neuquén, San Luis, Catamarca, Santiago del Estero y Río Negro.


La medida se dio a conocer a través de la Resolución General 3530 publicada hoy en el Boletín Oficial. Además la norma establece un plazo especial para la presentación y pago de las obligaciones impositivas del Régimen de Trabajadores Autónomos y del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo).



Los contribuyentes afectados podrán acceder a las facilidades presentando una Declaración Jurada en la agencia que le corresponda dando cuenta de los daños sufridos.


Las localidades afectadas:
Córdoba: 
-Villa Ciudad América

-Alta Gracia

-Villa Dolores

-La Granja

-Salsipuedes

-Agua de Oro

-Ascochinga

-Valle de Calamuchita (Yacanto y Villa Alpina)

Tucumán:
- Base del Cerro San Javier (15 km. de la Ciudad de Tucumán)


Mendoza:
-Departamento de Tunuyán

-Departamento de Tupungato


Neuquén:
-Departamento Confluencia

-Departamento Añelo


San Luis:

-San José del Morro

-Saladillo

-Paso Grande

-Cortaderas

-Las Carpas

-La Punta


Catamarca:
-Belén

-Totoral

-Cerro Ancasti

Santiago del Estero:
-Quimilí


Río Negro:
-Departamento General Roca

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