El intendente José Corral promulgó la ordenanza N° 11.883 que establece un nuevo método de cálculo de la Tasa General de Inmuebles.
Por lo que este mes el tributo ya llegará con el incremento
establecido, el cual debe ajustarse a un tope máximo del 8 por ciento.
Precisamente este punto generó una manifestación del edil
justicialista Ignacio Martínez Kerz en la última sesión del Concejo,
quien pidió que la norma no sea promulgada y que vuelva al Concejo para
modificar algunos artículos que, según su mirada, no quedaron claros.
Lo que Martínez Kerz cuestiona son los artículos 12 y 13. Mientras el
primero incorpora entre otros el artículo 20 Bis a la Ordenanza
Impositiva Anual, la norma madre que rige los tributos municipales, y
establece que el valor de la TGI “no podrá significar un incremento
superior al 8 por ciento del tributo liquidado”; el segundo lo deroga.
“Con lo cual -sostiene- en el mismo cuerpo normativo este Concejo crea
un artículo que posteriormente deroga. En lugar de sustituir o modificar
el texto que en ese momento se encontraba vigente, incorporan el art.
20 bis con los topes mínimos y máximos de emisión. Nuestra preocupación
es que a partir de lo sancionado se estaría incurriendo en una
contradicción que como consecuencia podría significar la no utilización
de topes mínimos y máximos en la emisión de la TGI”.
Desde el
Ejecutivo sostienen que los topes están firmes porque, en realidad, el
artículo 13 deroga el 20 Bis original de la Ordenanza Impositiva Anual,
no la modificación incorporada en la nueva ordenanza, la 11.883.
Precisamente por eso, el artículo 14 establece que se proceda a la
redacción de los textos ordenados de la Ordenanza Impositiva Anual.
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