miércoles, 13 de junio de 2012

ROSARIO: Una empresa de medicina prepaga debe reconocer un tratamiento terapéutico con botox

La Justicia rosarina hizo lugar al reclamo de una mujer que sufre esclerosis múltiple y que necesita de ese producto para llevar una mejor calidad de vida. La empresa de medicina había rechazado el procedimiento porque no está reconocido por el Ministerio de Salud.
La Capital | 
El juez en lo Civil y Comercial Luciano Juárez ordenó brindarle a una mujer afiliada a la empresa de medicina prepaga la cobertura y provisión de botox con fines terapéuticos.
La mujer que planteó el recurso de amparo tiene 61 años y sufre de esclerosis múltiple y paraplejía espática, que es un endurecimiento de los músculos. La paciente no presentaba mejoría en el cuadro general de la enfermedad ya que es incurable. Entonces el médico que la atendía le aconsejó la utilización de botox con fines terapéuticos.
La mujer comenzó un tratamiento por el que le aplicaron tres ampollas de la sustancia. Debido al buen resultado que tuvo ese procedimiento, el profesional le aconsejó seguir con esa terapia. Sin embargo, la empresa de medicina prepaga del Sanatorio Plaza rechazó la implementación de ese tratamiento, al sostener que el botox no está reconocido por el Ministerio de Salud de la Nación y que se encuentra en fase de experimentación.
El juez consideró que las empresas de medicina prepaga "deben brindar asistencia integral a las personas asociadas que padecen discapacidad". El magistrado destacó que el Programa Médico Obligatorio "no constituye una limitación para los agentes de salud sino que es la cobertura mínima que los afiliados pueden exigir. Las actividades que realizan las empresas de medicina prepagas quedan comprendidas en la ley de Defensa del Consumidor".

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