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martes, 24 de septiembre de 2013

SANTA FE: En medio de protestas dieron fundamentos del fallo absolutorio por trata de personas

Las pruebas fueron insuficientes y contradictorios los relatos de la víctima, dijeron los jueces. La decisión fue repudiada por el Foro Santa Fe Contra la Trata.
.La Capital | 
En medio de protestas dieron fundamentos del fallo absolutorio por trata de personas

Finalmente ayer el Tribunal Oral Federal de Santa Fe no leyó los fundamentos del fallo respecto de por qué absolvió a todos los acusados en un juicio por trata de personas en perjuicio de una menor al considerar que las pruebas resultaron insuficiente y contradictorios los relatos de la víctima.
La decisión generó una pública controversia con las entidades que luchan contra la trata y la prostitución forzada, que ayer se dieron cita frente al Tribunal para repudiar (aun antes de que se conocieran) los argumentos de los jueces. Ello motivo la suspensión de la lectura.
Argumento y absolución. "Los extremos de la acusación tienen que ser comprobados de forma tal que resulten evidentes. Esto involucra necesariamente que de la prueba se obtenga una conclusión unívoca, en el sentido de no dar lugar a que del mismo material pueda simultáneamente inferirse la posibilidad de que las cosas hayan acontecido de manera diferente. Pues si los elementos existentes admiten una conclusión diferente, aceptable en cuanto a su criterio lógico en el mismo grado que aquella que incrimina al imputado, se estará sólo ante contingencias equívocas que en manera alguna pueden legitimar un quebranto del estado de inocencia", con esta cita al jurista Eduardo Jauchen, concluyó —luego de un análisis argumentativo de 84 hojas— la doctora María Ivón Vella su voto absolviendo a la totalidad de los acusados de trata de personas en perjuicio de la menor JNC, de 15 años.
Al mismo voto en todos sus términos adhirió su par Miguel Eugenio Abásolo. Es decir, también votó por la absolución de Miriam Villalba; Cristian Fabián Di Stéfano; Ludmila Rulera; Micaela Giuliana, Víctor Gabriel Villalba Jara y Darío Ricardo Cañete.
El tercer juez del Tribunal Oral Federal de Santa Fe, José María Escobar Cello, también votó en idéntico sentido de sus colegas haciendo la salvedad de que en el caso de Villalba, entiende que su accionar queda atrapado en la figura legal de ocultamiento de menor, que prevé el artículo 149 del Código Penal, y que corresponde responda por tal conducta antijurídica en calidad de autora.
La norma legal fija que "será reprimido con prisión de un mes a un año, el que ocultare a las investigaciones de la Justicia o de la policía, a un menor de 15 años que se hubiere sustraído a la potestad o guarda a que estaba legalmente sometido". Entiende el juez que "se ha probado que Villalba alojó a JNC en su domicilio de Independencia 2215 de San José del Rincón desde el 20/09/2010, ocasión en que llegó en compañía de su hija Ludmila Rulera, hasta el 02/10/10 en que fue hallada por la agente de policía Brenda Fernández de la subcomisaría 14 de esta ciudad".
Sin embargo, tras analizar la conducta de Villalba por no haber denunciado que en su casa se alojo una menor que era buscada, cuyo caso tenía amplia repercusión mediática y le reprocha no haber hecho lo mismo que en dos ocasiones en que desapareciera su propia hija por lo que radicó la denuncia en la comisaría de Rincón, Escobar Cello estima que "no hay ningún otro elemento probatorio para decir que participó en las conductas previstas en el delito de trata de personas con fines de explotación sexual que prevé el artículo 145 del Código Penal".
El Tribunal Oral Federal había anunciado la lectura para ayer a las 19. La fecha coincidió con la conmemoración del Día Internacional contra la Explotación Sexual y la Trata de Personas; elemento que agregó irritación y épica a la protesta de las entidades que combaten esos delitos.
En 2010.Los hechos que investigó el Tribunal ocurrieron entre septiembre y octubre de 2010, cuando la víctima tenía 15 años y desapareció tras haber concurrido a un local bailable de Santa Fe, siendo localizada dos semanas más tarde en una casa de la ciudad de Rincón adonde la busca una delegación de la policía del lugar.
Desde ese momento la menor, conforme la transcripción que realiza el fallo, realiza al menos tres versiones diferentes de los hechos incurriendo —entienden los jueces— en contradicciones notorias de numerosos detalles significativos tanto en describir físicamente al policía que la violaba (luego lo reconoce en un álbum de fotos) en esa casa adonde la tenían, según sus dichos, atada a una cama.
Insuficientes pruebas. Las contradicciones de sus relatos y las omisiones de algunos datos importantes por parte de la menos, contrapuestos 1397059140tal como destacan1397059140 al testimonio coincidente de unos 70 testigos llevó a los jueces, y así lo expresaron, a considerar la insuficiencia de pruebas y aplicar en más de un caso el indubio pro reo. Es decir la duda razonable que siempre debe beneficiar a los acusados.
Esas dudas ya las había compartido el fiscal Martín Suárez Faisal en algunos casos para los que había pedido absolución pero sostenido la acusación a los seis acusados, ayer absueltos y liberados, solicitando penas entre 6 y 10 años de prisión. Sin embargo, los jueces dispusieron la inmediata libertad de los imputados, "haciendo cesar las restricciones impuestas provisionalmente tanto en los incidentes de embargo como en los de excarcelación", tras absolverlos del delito de trata de persona menor de 18 años, agravada por la unión de tres o más personas en un grupo organizado.
Además, se sugirió que se investigue el presunto falso testimonio de dos testigos y remitieron los autos del proceso al Ministerio de Seguridad de la provincia para que se "evalúe la actuación" del personal de la comisaría 14 de Rincón.
Al cierre de la edición, aunque no fue confirmado por este diario, la periodista María Claudia Albornoz denunció en Facebook que integrantes del Foro Santa Fe Contra la Trata fueron detenidas y llevadas a la comisaría primera.

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