Para juez y fiscal el daño que
sufrió fue mayor a la condena que podría haber recibido por un robo. La
provincia es responsable porque pasó en una comisaría rosarina. Se
aplicó la llamada pena natural.
La Capital |
Un accidente que casi electrocuta a un
joven en el penal policial donde estaba detenido por robo a mano armada
determinó que lo liberaran dejándolo sin condena. La descarga de un
cable le provocó un paro cardíaco, lo dejó en estado de coma y obligó a
una internación prolongada para salvarle la vida. Ante esto un juez de
Sentencia consideró que este episodio había provocado en el muchacho un
daño de tal magnitud que debía darse por cumplida la sanción. Por este
motivo decidió su absolución en una resolución con la que la fiscal
interviniente estuvo de acuerdo.
Las deficientes y peligrosas
condiciones del penal de la comisaría 5ª de Rosario, que a punto
estuvieron de ocasionarle la muerte en enero de este año, agravaron la
detención de Luis R. Eso implicó que se la aplicara la denominada pena
natural, una figura del nuevo modelo de juicio santafesino que supone
que a veces las consecuencias sufridas por el imputado de un delito
vuelven inaceptable una sanción. Un ejemplo de esto ocurrió hace dos
años cuando otro magistrado declinó condenar a una persona que al ser
herida durante el robo que cometía quedó parapléjica (ver aparte).
Culpa del Estado. Lo
novedoso en el caso de Luis R. es que la consecuencia grave no surgió
durante el delito que se le adjudicaba, sino por responsabilidad del
Estado provincial, que debe preservar el estado psicofísico de quienes
cumplen una pena privativa de libertad. Eso fue planteado por su abogado
defensor Angel Baltuzzi. La fiscal Cristina Herrera entendió que ante
los daños corporales y psíquicos sufridos por Luis R. imponerle pena
habría sido un exceso mayor al delito reprochado. El juez de Sentencia
Julio César García estuvo de acuerdo y dispuso su liberación.
Pero antes Luis R., de 27 años, llegó a
ser procesado por robo a mano armada, cometido con otro joven en una
Shell de Rondeau y Matheu. El hecho, ocurrido el 17 de noviembre de
2010, fue denunciado enseguida por empleados de la estación de servicio,
que dijeron que los ladrones habían huido en una moto roja. Poco
después la policía persiguió a dos jóvenes en una Honda 150 de ese color
desde Costanera y Puccio y los detuvo en otro surtidor de Colombres
1450.
A partir del hecho Luis R. y el otro
joven detenido con él, Gastón A., fueron procesados. Este último recibió
el falta de mérito por ausencia de pruebas. Sin embargo el juicio
contra Luis R. siguió y el fiscal inicial del trámite llegó a pedir una
pena de siete años y seis meses de prisión en su contra.
Pero el 23 de enero pasado un
imprevisto cambió el curso del juicio. Ese día, el extremo de un cable
que usaba para alimentar un ventilador en la celda precaria donde estaba
le causó una descarga eléctrica en el pecho. Luis R. sufrió un paro
cardíaco y quedó inconsciente. Lo trasladaron en patrullero al Hospital
Clemente Alvarez donde le hicieron maniobras de reanimación por 18
minutos. Según Baltuzzi, el joven estuvo varios días en terapia
intensiva entre la vida y la muerte. Logró sobrevivir pero con secuelas
neurológicas y psicológicas de por vida.
El defensor elevó además una crítica a
la prisión preventiva en la que estaba su cliente, ya que había
propuesto para él una pena sustitutiva del encierro, en virtud de que el
otro joven detenido con él había sido desligado del robo que a ambos se
atribuía por prueba insuficiente. Baltuzzi indicó que si Luis R. no
hubiera estado en ese calabozo de temperatura asfixiante y bajo una
enredada maraña de cables el accidente que casi lo mata no habría
ocurrido. También recordó que no tenía antecedentes penales y que tenía
un entorno familiar que ayudaría a su rehabilitación si le permitían
esperar la sentencia fuera de prisión.
Víctima, de acuerdo.
El juez García aceptó que imponerle pena a Luis R. después del grave
accidente que sufrió por responsabilidad del Estado que debía protegerlo
habría sido un acto innecesario o desproporcionado. Y que como había
reconocido la fiscal Herrera tal cosa cuestionarí a el principio de
humanidad. Incluso hubo algo más: la víctima del robo estuvo de acuerdo
en que tras lo ocurrido a Luis R. no se lo condenara.
El antecedente
El 20 de mayo de 2008 Martín B. asaltó
juntó a otra persona un negocio de la zona norte. Al salir hubo un
tiroteo con policías y un balazo le dio en la espalda. El disparo le
provocó una paraplejia del tórax para abajo. El juez de Sentencia Carlos
Carbone aplicó al año siguiente el criterio de pena natural y no impuso
condena.

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