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miércoles, 4 de noviembre de 2015

La Corte Suprema dictó la inconstitucionalidad de la ley de jueces subrogantes

Rechazaron la ley 27.145 del 18 de junio de 2015 y todas las listas de subrogantes del Consejo de la Magistratura.

Los jueces Elena Highton de Nolasco, Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt y Carlos Maqueda. | Foto: Cedoc

La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró hoy lainconstitucionalidad de la ley de subrogancias y de todas las listas de subrogantes del Consejo de la Magistratura, incluido el ex secretario Laureano Duran ascendido a juez federal en La Plata.

Según informó el Centro de Información Judicial (CIJ), el máximo tribunal del país por unanimidad sostuvo que la ley de subrogancias "era inconstitucional porque afectaba la independencia judicial y la garantía de juez natural para los ciudadanos.

También consideró que "permitía al Consejo de la Magistraturaelegir subrogantes para un tribunal o caso determinado, en forma discrecional, sin sorteo ni parámetro objetivo alguno y sin dar prioridad a los jueces designados mediante el procedimiento constitucional".
Jueces subrogantes y nuevos miembros, desafíos de la Corte

El máximo tribunal advirtió que en la actualidad aproximadamente un cuarto de los cargos de los tribunales nacionales y federales se encuentran vacantes en forma permanente y que, en los hechos, hoy la regla es designar un subrogante y la excepción nombrar a un juez mediante el procedimiento constitucional.

Por ello, concluyó que las disposiciones de la ley 27.145 permiten que, en forma paralela a los jueces designados de acuerdo con las reglas de la Constitución Nacional, se conforme un cuerpo de conjueces para cada fuero, instancia y jurisdicción –que sólo en el ámbito de la Capital Federal alcanzaría al millar- y cuyo nombramiento para un tribunal, o incluso para un caso concreto, es definido en forma discrecional y por simple mayoría por el Consejo de la Magistratura.
Archivo | La Cámara Federal declaró constitucional la Ley de subrogancias

Así, los propios órganos a los que la Constitución Nacional les asigna la función de designar jueces no sólo no cubrieron, en tiempo y forma, el importante porcentaje de cargos vacantes sino que, además, dictaron normas por las que habilitaron a designar jueces al margen del procedimiento constitucional creando una justicia de excepción en la que no rige la garantía del juez natural ni de independencia judicial,según consigno en Centro de Información Judicial.

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